AVANZA EN EL SENADO UN PROYECTO DE LEY PARA REGULAR LA VENTA DIRECTA EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

La iniciativa del senador de Juntos por el Cambio, Andrés De Leo, fue aprobada por unanimidad en la comisión de Comercio Interior de la Cámara Alta bonaerense. Busca regular una actividad en crecimiento. Cuenta con el apoyo de la Cámara Argentina de Venta Directa.

El proyecto de Ley pretende regular la actividad de las personas jurídicas que comercialicen bienes de consumo a través del canal de venta directa, por parte de revendedores independientes, dentro del ámbito de la provincia de Buenos Aires

La iniciativa define, para los fines jurídicos, como “Venta Directa» al canal de comercialización que se caracteriza por la participación de personas que, en carácter independiente, compran bienes a empresas de venta directa para su posterior reventa a consumidores finales fuera de un local comercial establecido.

El texto del proyecto que impulsa el senador Andrés De Leo, y que esta semana obtuvo despacho favorable por unanimidad en la comisión de Comercio Interior, Pequeña y Mediana Empresa y Turismo, comprende a las empresas de venta directa y a los revendedores independientes.

En ese sentido, se define como «Empresa de Venta Directa» al establecimiento comercial cuyo objeto primordial es la venta y comercialización de bienes a través del canal de venta directa; y como «Revendedor Independiente», a aquella persona que adquiere bienes a empresas de venta directa para su posterior reventa a consumidores finales.

Al respecto De Leo expresó que “la Venta Directa es la comercialización de bienes de consumo directamente a los consumidores en sus hogares, lugar de trabajo o domicilio de otras personas. Y se caracteriza por realizarse fuera de los locales comerciales establecidos”.

Los revendedores estimados, según las estadísticas a nivel nacional, son cercanos a los dos (2) millones, de los cuales casi el noventa por ciento (90%) son mujeres, y el veinte por ciento (20%) se comercializa en la provincia de Buenos Aires. La Argentina se encuentra en el puesto 17 del ranking internacional de venta directa.

“La venta directa no es venta por Internet, por teléfono, ni por correo. Estas últimas son formas de venta a distancia. Los contratos a distancia son concluidos exclusivamente a través del uso de uno o más medios de comunicaciones a distancia (sin la presencia física simultánea del proveedor y el consumidor)”, graficó el legislador, para agregar que “la iniciativa legislativa que estamos presentando, tiene como antecedente inmediato la reciente Ley aprobada en la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, impulsada por el diputado socialista Joaquín Blanco”.

“El principal objeto de la presente es regular la venta directa y/o por catálogo, en la provincia de Buenos Aires, estableciendo derechos para los revendedores y protegerlos así de potenciales estafas y abusos por parte de las empresas de ventas directas. La iniciativa pretende regular la relación jurídica entre partes, y establece prohibiciones contractuales siempre en protección del revendedor”, finalizó diciendo el senador bahiense.

Apoyo de la Cámara Argentina de Venta Directa

“Este proyecto representa un paso fundamental para nutrir de derechos a los eslabones más débiles de la cadena comercial: revendedores independientes y consumidores finales. A su vez permite al Estado tener control sobre la actividad de la Industria, habilitándolo así a discriminar entre aquellas empresas que se ajustan a derecho de aquellas que no lo hacen. Desde la Cámara Argentina de Venta Directa (CADEVI), apoyamos este proyecto para transparentar una industria que beneficia a miles de familias argentinas”, señalo Gonzalo Falcón, su director.

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