Alejandro Dichiara: ¿Militante Justicialista o «ser» Miserable?

Alejandro Dichiara – «Militante Justicialista. Intendente de mi querida Ciudad de Monte Hermoso»

Así se presenta en Twitter este muy antiguo y lenguaraz dirigente político. Lo que no se sabe bien es porque se autodenomina «Justicialista»… y dado los últimos acontecimientos desecrables («desecrar»: Tratar algo sagrado sin el debido respeto, o utilizarlo para usos profanos. ; Deslucir, difamar, deshonrar, prostituir, quitar la consideración o hacer uso indigno de algo respetable.), tal vez crea que a lo mejor no es tan necesario solidarizarse con el mas necesitado y que en estos trágicos momentos no la están pasando para nada bien o capaz piense que lo asiste un mandato divino si se hace justicia a si mismo, no cediendo ni un centavo de sus acaudalados sueldos (y lo peor que lo grita a cuatro vientos). Si se levanta de la tumba el General, le pega una patada en el tuje, lo hecha de su cargo y lo manda a estudiar la letra de la marchita, eso como mínimo.

«No le voy a regalar mi plata a nadie»

La noticia tomo estado publico gracias a una nota radial local del periodista Marcos Puccia de Radio Atlántica Monte Hermoso, seguramente el dirigente pensó que no saldría del ámbito local, pero se equivoco al escucharse en forma viral y por todas las redes sociales, sus deleznables declaraciones en radios, portales y diarios nacionales.

Expresiones textuales del dirigente » teóricamente Justicialista» Dichara:

(entre paréntesis, algunas apreciaciones de esta redacción)

  • «Yo vengo a trabajar por la comunidad» (no se nota)
  • «La gente no nos eligió para que donemos el 20% de nuestro sueldo, la gente nos eligió para que estemos al frente de todos los problemas, como en este caso» (¿cómo sabe para que lo eligió el pueblo realmente?, ni TUSAM se animaría a predecirlo)
  • «yo cobro 180 mil pesos por mes y donar el 20%, ganaría 36 mil por mes». (no sea burro y vuelva a la escuela que se llevó Matemáticas).
  • «El 20% no es nada y no significa absolutamente nada» (dígale esto en la cara a las familias que no comen todos los días o viven en el conurbano montermoseño sin agua potable)
  • «Estoy orgulloso de ser político» (con estas actitudes… nosotros «no» estamos orgullosos que lo sea)
  • «Trabajé toda la vida de esto y no le voy a regalar mi plata a nadie, porque no tengo precio yo» (… Modesto debería ser su segundo nombre)
  • «180 lucas por mes es poco lo que estoy cobrando y no voy a donar nada de mi sueldo» (bien dicho maestro !!, todo un ejemplo de dirigencia Justicialista carajo; así se defiende a la clase mas marginada de la sociedad si si… en teoría)
  • No voy a dejar que donen parte de sus haberes a los concejales oficialistas (si son como usted, seguro que ellos tampoco lo van a dejar).
  • Hay Concejales de Cambiemos que donan dos meses pero después no te compran ni una rifa, por favor… vayan a trabajar… (¿y si prueba de imitar a los concejales que están teniendo este noble gesto que pide el pueblo?)

Como dato de color (negro), en la ciudad balnearia de Monte hermoso en las últimas 3 elecciones, votaron más de 8.000 personas recién llegadas y todas con el mismo domicilio (sigue abierta la causa judicial). Enrique Alejandro Dichara es el intendente actual de esa localidad y dirigente de toooooooda una laaaarga vida, como el mismo expresa en el audio.

Bueno, hasta aquí señor lector, mas o menos tenemos el perfil de un político muy moderno, con mirada profunda hacia la problemática social, tan cerca del ciudadano común, siempre al servicio del trabajador, brindándose y siendo generoso con la

comunidad toda… esto es ironía por supuesto, porque un verdadero dirigente político «Justicialista» no pensaría ni obraría de esta forma tan  despreciable, sino al contrario.

Antes de autoproclamarse «dirigente social Justicialista», debería tomar ejemplo, como rezaba e inculcaba valores Don Bosco; «en la vida hay que ser «buenos Cristianos y honrados ciudadanos», Dichara, a no confundir «tener el don de SER persona» a «SER PERSONA MISERABLE»

AUDIO DE LA NOTA:

Historia Politica

Enrique Alejandro Dichiara
Intendente de Monte Hermoso 6° Sección
Nació en Bahía Blanca, el 9 de noviembre de 1963.

En 1985, ingresó al área de Deportes de la comuna, cargo que desempeñó hasta 1989, cuando asumió como Director de Turismo, Cultura y Deportes de la Municipalidad de Monte Hermoso.

En 1991, durante la intendencia de Alberto Abraham, ocupó el cargo de la jerarquizada área de Turismo.
Desde el 5 de mayo de 1998 hasta diciembre de 1999 fue Director de Turismo de la provincia de Buenos Aires.

En diciembre de 1999 fue elegido Concejal del PJ montehermoseño y como tal, titular del cuerpo, cargo del que pidió licencia para desempeñarse como jefe de Gabinete del Ministerio de la Producción bonaerense, desde mayo de 2003 hasta diciembre de 2004.

En octubre de 2005 asume como Intendente por ser el primer Concejal en la lista que encabezó en el 2003 Marcelo Di Pascuale, quien dejó su cargo al asumir como Diputado Provincial por el FPV, y es ese el puesto que cubrió durante los siguientes 2 períodos hasta que finalmente es ratificada su intendencia mediante el 74% de los votos en las elecciones del 30 de octubre de 2007. El 10 de diciembre de 2007 asume la Intendencia Municipal.

En 2011 se presenta como candidato a Senador provincial en las listas del Frente para la Victoria y logra acceder a una banca.

En el 2017 va como candidato a diputado provincial por la sexta sección electoral con el frente justicialista “Cumplir” liderado por Florencio Randazzo y no accede a la banca

En el 2019 se presenta nuevamente como intendente con el Frente de Todos, mientras que Marcos Fernández, mandatario entre 2015 y 2019, va como primer candidato a concejal de su lista.

Ganó la elección por 66,43% contra 33,56% del representante de Juntos por el Cambio, Victorio Dupuy.

¿Cuanto ganan los funcionarios municipales en Monte Hermoso?

ORDENANZA COMPLEMENTARIA DE PRESUPUESTO 2020

ARTICULO 1º): El Régimen de Empleo Público Municipal se regirá conforme lo establecido en la Ley 14.656 y el Convenio Colectivo de Trabajo suscripto entre la Municipalidad de Monte Hermoso y la Asociación de Trabajadores Municipales.
ARTÍCULO 2º): Fijase a partir del 01/01/2020, para el Personal Superior (Planta Política) Secretarios y Subsecretarios, Contador y Subcontador, no comprendido en el Régimen previsto en el Estatuto del Personal Municipal, la siguiente escala de remuneraciones en relación al sueldo mínimo básico de los agentes ingresantes, en el escalafón administrativo, en su equivalente a 40 (cuarenta) horas semanales.

Intendente 10 sueldos básicos
Secretarios-Contador 4.5 sueldos básicos
Subsecretarios – Subcontador 3 sueldos básicos

ARTICULO 3º): Apruébese la siguiente escala salarial para el ejercicio 2020:
Directora de Compras $ 39.175,22.-
Tesorera $ 39.175,22.-
Directores 30 hs $ 30.749,77.-
Directores 38 ½ hs $ 39.463,97.-
Directores 48 hs $ 49.201,83.-
Concejales $48.609,77.-
Jefe Departamento 48 hs. 574 $ 29.368,23.-
Jefe Departamento 38 ½ hs. 622 $ 27.083,77.-
Jefe Departamento 30 hs. 584 $ 21.962,95.-
Jefe División 38 ½ hs. 578 $ 25.517,25.-
Jefe División 30 hs. 550 $ 18.807,42.-
Jefe de División 48 hs.- 580 $ 27.357,55.-
Personal Profesional 48 hs. Clase “A” (Médicos) 610 $ 46.769,13.-
Personal Profesional 48 hs. Clase “B” 620 $ 24.559,90.-
Personal Profesional 46 hs. 603 $ 23.571,11.-
Personal Profesional 38 ½ hs. 535 $ 22.045,76.-
Personal Profesional 30 hs. 537 $ 18.185,86.-
Personal Técnico Clase I 48 hs. 577 $ 26.101,63.-
Personal Técnico Clase I 38 ½ hs. 555 $ 21.337,62.-
Personal Técnico Clase I 30 hs. 528 $ 18.070,29.-
Personal Técnico Clase II 48 hs. 563 $ 25.257,71.-
Personal Técnico Clase II 38 ½ hs. 565 $ 20.960,92.-
Personal Técnico Clase III 48 hs. 560 $ 22.030,76.-
Personal Técnico Clase III 38 ½ hs. 532 $ 19.962,76.-
Personal Técnico Clase IV 48 hs. 554 $ 20.257,66.-
Personal Técnico Clase IV 38 ½ hs. 480 $ 17.875,47.-
Personal Administrativo Clase I 30 hs. 520 $ 17.716,02.-
Personal Administrativo Clase II 30 hs. 515 $ 17.034,59.-
Personal Administrativo Clase III 30 hs. 536 $ 16.070,38.-
Personal Administrativo Clase IV 30 hs. 568 $ 15.160,75.-
Personal Administrativo Clase I 38 1/2 hs. 500 $ 22.735,77.-
Personal Administrativo Clase I 48 hs. 566 $ 25.239,66.-
Personal Administrativo Clase II 48 hs. 505 $ 20.999,43.-
Personal Administrativo Clase IV 40 hs. $ 19.443,90.-
Personal Obrero Clase I 38 ½ hs. 540 $ 24.544,56.-
Personal Obrero Clase II 38 ½ hs. 530 $ 22.517,98.-
Personal Obrero Clase III 38 ½ hs. 525 $ 21.445,71.-
Personal Obrero Clase IV 38 ½ hs. 526 $ 21.036,69.-
Personal Obrero Clase V 38 ½ hs. 512 $ 20.140,41.-
Personal Obrero Ingresante 38 ½ hs. 510 $ 15.160,75.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase I 30 hs. 522 $ 17.716,02.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase II 30 hs. 518 $ 16.647,41.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase III 30 hs. 517 $ 16.070,38.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase IV 30hs. 568 $ 15.160,75.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase I 38 ½ hs. 540 $ 24.544,56.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase II 38 ½ hs. 530 $ 22.517,98.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase III 38 ½ hs. 525 $ 21.445,71.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase IV 38 ½ hs 526 $ 21.036,69.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase V 38 ½ hs. 512 $ 20.140,41.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase I 48 hs. 570 $ 26.436,89.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase II 48 hs. 561 $ 25.420,09.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase III 48 hs. 516 $ 25.127,25.-
Personal de Servicio y Maestranza Clase IV 48 hs. 524 $ 23.194,37.-
Jefe de Guardavidas 48 horas 650 $ 27.521,26.-
Guardavidas 48 horas 650 $ 23.522,43.-
Telefonista Playa 48 horas 650 $ 23.522,43.-
Supervisor Playa 48 horas 650 $ 23.522,43.-
Radio Operador Playa 48 horas 650 $ 23.522,43.-
Chofer Playa 48 horas 650 $ 23.522,43.-
Lancheros Playa 48 horas 650 $ 23.522,43.-
Inspector verano 30 hs. 548 $ 16.636,78.-
Inspector Verano 38 ½ hs. 548 $ 18.755,51.-
Inspector Verano 48 hs. 548 $ 25.304,60.-
Chofer Ambulancia 48 horas 548 $ 25.304,60.-
Vigilancia Baños Públicos 30 horas 269 $ 15.355,33.-
Atención Pública 30 horas 269 $ 15.355,33.-
Médico de Playa 269 $ 25.337,98.-
Guía Faro Recalada 30 hs. 269 $ 15.355,33.-
Enfermero de Playa 48 hs. 548 $ 25.304.60.-
Mantenimiento de Playa 269 $ 20.069,03.-
Personal Jornalizado 30 hs. 490 $ 15.283,08.-
Personal Jornalizado 38 ½ hs. 495 $ 20.096,26.-
Personal Mensualizado Clase A- 48 hs. 548 $ 25.304,60.-
Personal Mensualizado Clase B- 48 hs. 548 $ 21.790,10.-
Personal Mensualizado Clase B- 44 hs. 548 $ 19.813,83.-
Personal Mensualizado Clase G- 24 hs 304 $ 11.861,26.-
Personal Mensualizado Clase E- 30 hs. 304 $ 15.188,60.-
Personal Mensualizado Clase D- 38 ½ hs. 400 $ 19.445,01.-
Personal Mensualizado Administrativo 36 hs. 304 $ 18.516,03.-
Personal Mensualizado Clase H. 20 hs 304 $ 9.643,00.-

ARTICULO 4º): Fijase la compensación por Gastos de Representación del Señor Intendente Municipal, en la suma mensual equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su retribución básica
ARTICULO 5º): Establecerse una Bonificación por disposición permanente del 50 % del sueldo básico aplicable a los funcionarios de planta política del Departamento Ejecutivo en las categorías de Secretario y Subsecretarios y al Contador y al Subcontador municipal quienes por razones de servicio deben cumplir en forma habitual tareas fuera del horario normal de la Administración y hallarse permanentemente a disposición del servicio a demanda del Departamento Ejecutivo. El funcionario que perciba esta Bonificación, no tendrá derecho al cobro de suma alguna en concepto de horas extras.
ARTICULO 6°): Facultase al Departamento Ejecutivo a liquidar la bonificación por antigüedad generada en el municipio y aquella que acrediten en la Administración Pública Nacional o provincial, a todos los funcionarios de carácter político y concejales y aquellos para cuya remoción la ley prevé mecanismos especiales en los términos de la legislación vigente en igualdad de derechos con el personal de planta en el ámbito municipal

ARTICULO 7º): Fijase la Dieta a Concejales en el tope dispuesto en el artículo 92º inciso e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto 6.769/58 y sus modificatorias). Establécese que deberá entenderse por sueldo mínimo la remuneración básica de la categoría inferior del escalafón administrativo en su equivalente a cuarenta (40) horas semanales. –
ARTICULO 8º): Apruébese el Plantel Básico de Personal definido para el ejercicio 2020 , constituido por la Planta Permanente, la Planta Temporaria y la Planta sin Estabilidad y detallado en el cuadro de Recursos Humanos por Categoría Programática y Cargo que se adjunta en el Anexo y forma parte de la Ordenanza presupuestaria.


Audio: Red WhatsApp

Foto: WEB de Noticias Monte, La Nueva y propias

 

Un comentario

  1. Encima de todo ésto, intimó a los bahienses propietarios a que no nos acerquemos a Monte porque no nos va a dejar entrar. Digo yo, sería un estúpido si pagara el impuesto municipal abusivo durante el tiempo que me coartan la libertad de usar mi propiedad, no quiero serlo, e invito a copiar mi actitud en represalia al patoterismo y falta de dignidad del «político» que ocupa la intendencia de la localidad.

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