Explosión en DOW: avances en la causa

frtActualidad Bahiense, el programa que se emite en Radio Continental Bahía Blanca, y que conducen los periodistas Gustavo Favata y Sabrina Asnes, entrevistó telefónicamente al juez Ricardo Germani en relación a la causa por la explosión ocurrida en la empresa Dow del polo petroquímico el pasado noviembre.
Germani– Se ordenaron algunas diligencias en la causa, que van apuntadas a lo siguiente: conforme a la declaración que se le recibió al apoderado de la empresa hubo que evacuar algunas citas que el letrado manifestó, en relación a que se había dado cumplimiento cuando en realidad lo que está en discusión es si efectivamente se cumplió con la obligación que determina la ordenanza de avisar la emergencia en tiempo y forma. “En tiempo”, es en los minutos siguientes al siniestro, esto no se verificó, por lo menos no se pudo acreditar hasta ahora en la causa. Y la forma, estamos esperando la respuesta del oficio que mandamos al gobierno nacional solicitando que se nos haga llegar, para las actuaciones, constancias de segmento informativo si es que existió, tiempo de duración, día y horario. Estas son informaciones básicas que establece la ordenanza en relación a la obligación de las empresas cuando hay un hecho de esta naturaleza. Esto sería en una primera aproximación. Esta diligencia que se ordenó para avanzar en la causa es requerirle al servicio médico privado SEM que emita, para las actuaciones, certificación de lesiones que existieron en el siniestro, y de otras personas, que es relevante saber quiénes son operarios del lugar que recibieron atención médica como consecuencia de la explosión. La importancia radica en lo siguiente: si la atención de los médicos ha sido pequeña, rutinaria, de poca entidad, el siniestro podría continuar en la categoría de nivel 1, con lo cual hay escaso margen de reproche para la empresa por incumplimiento. Sin embargo, si hubo mas lesiones de personas heridas con cierta entidad, el nivel del siniestro abandona la categoría 1 e ingresa en la categoría 2, es una cuestión un poco más complicada e implica el incumplimiento del plan de emergencia. En este marco se están encausando las diligencias. La recepción de las respuestas a estas preguntas en el marco procesal serán los elementos definitivos que sirvan para tomar una decisión y dictar sentencia.

Favata– ¿entonces todavía no está definido si fue de categoría 2?
Germani– no, falta la recepción del informe médico de la clase de lesiones que se atendieron. Pero estas cuestiones son totalmente de probancia pericial, un médico tiene que decir si como consecuencia de la explosión el operario sufrió un aturdimiento o una hipoacusia de determinada duración. La diferencia entre la gravedad de una lesión y otra es lo que marca la categoría del siniestro. En caso de ser una resolución condenatoria en esta instancia implica multa. Porque si la medida accesoria de una clausura es una etapa que ya se superó -y eso va a ser debidamente tratado también en la resolución porque las facultades del Comité Técnico y Ejecutivo son propias, es decir, eventualmente el Comité, de apreciar que la entidad de la emergencia es superior al nivel 1, podría haber clausurado con facultades propias. Eso no ocurrió por lo cual no se pueden retrotraer las cuestiones a esa época. Pero podría haber sido de esa manera. En esta instancia lo que queda para la eventual sentencia condenatoria – no hay que adelantarnos porque todavía no tengo elementos suficientes- no correspondería más que una multa.

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