Comisión especial para evaluar eventuales irregularidades y responsabilidades políticas vinculadas a la muerte de Daiana Herlein

DESPACHO COMISIÓN ESPECIAL 864-HCD/2014

P70400640001VISTO
La creación de la comisión especial dispuesta por el decreto 864-HCD/2014, para evaluar eventuales irregularidades y responsabilidades políticas vinculadas a la muerte de Daiana Herlein provocada por la caída de un árbol en el Parque de Mayo, y

CONSIDERANDO
Que como consecuencia de ese hecho este HCD trató los siguientes proyectos:
– Expte. 303-HCD/2014: con fecha 13 de marzo el Concejo Deliberante aprobó un proyecto de resolución, con el objeto de solicitar al Intendente municipal informes sobre responsabilidades, sumarios y acciones concretas realizadas por el Departamento Ejecutivo. La resolución solicitaba lo siguiente:
– Si existieron presentaciones sobre reclamo de los árboles en la Escuela 17, según informes periodísticos.
– Informe si el área de Espacios Públicos alertó sobre las especies secas del Parque de Mayo, ya que por estar ubicado dentro del propio parque y trabajar
permanentemente en su mantenimiento pudieron observar algunos casos en los que se debería actuar rápidamente por el riesgo que generaban.
– Cuáles fueron las acciones y quienes fueron los Funcionarios Municipales a cargo de definirlas, después de haber recibido el informe de la comisión de expertos que analizaron la situación de los árboles en el parque y que habrían advertido el riesgo.
– Explique las acciones concretas de los mantenimientos de los árboles en base al informe sobre el Parque de Mayo.
– Informe cuáles serán las medidas a adoptar y si inició un sumario interno para investigar sobre las responsabilidades implicadas en este gravísimo hecho.
– Cuáles son las medidas que ahora se implementarán y/o qué trabajos se llevarán a cabo en el Parque de Mayo para identificación y aislamiento hasta su corte u otro tratamiento, de especies dañadas o en mal estado, y de los sectores de mayor riesgo (apuntalamiento de árboles, tala en aquellos ejemplares, cuyo estado amerite esta alternativa, aislamiento y/o clausura por sectores). El expediente mencionado aún no ha sido respondido por el Departamento Ejecutivo.
– Expte. 394-HCD/2014: el Concejo Deliberante resolvió con fecha 4 de abril del corriente año, convocar al Secretario Privado, Dr. Martín Laplace, al Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. Rubén Valerio, al Director de la Agencia Urbana, Arq. Marcelo Lenzi, y al Sr. Marcelo Caramelli, al Concejo Deliberante, “con el fin de que expongan sobre todos los antecedentes, informes, dictámenes y actos administrativos relacionados con el luctuoso hecho (…) y en particular sobre el informe elevado por Planeamiento Urbano sobre el registro de inventario y diagnóstico fitosanitario de la masa forestal del Parque de Mayo, así como también de las tareas que se están llevando a cabo con relación a la extracción de ejemplares que presentan peligrosidad”. También se solicitaba al D.E. “remita con la mayor urgencia copia de las actuaciones administrativas sustanciadas…”. Durante el tratamiento del expediente en la sesión, a instancias del Presidente del bloque de concejales FPV-PJ se decide agregar a la convocatoria a los integrantes de la Comisión para la protección y desarrollo del Arbolado Urbano, creada por la Ordenanza N° 5787.
– Expte 401-HCD/2014, con el objeto de solicitar al DE que envíe el expediente nº 0/00-4527/2013 (70-HCD/2014), relativo al reconocimiento de daño a la escuela 17, proyecto sancionado el pasado 4 de abril.
– Expte. 410-HCD/2014 con el objeto de solicitar remisión de información relacionada con nota presentada por la escuela 17, proyecto sancionado el pasado 4 de abril.
– Expte. 424-HCD/2014 con el objeto de invitar a la presidenta del Consejo Escolar, Liliana Aglietti, a este HCD y solicitar remisión de notas existentes acerca de hecho ocurrido en la EP nº 17, proyecto sancionado el pasado 4 de abril.
– Expte. 428-HCD/2014, con el objeto de solicitar información en relación a las tareas y programas desarrollados sobre el arbolado urbano por el Departamento de Parques Municipales y Área de Arbolado en el Parque de Mayo así como en el resto de los espacios verdes de la ciudad, proyecto sancionado el pasado 4 de abril.
– Expte. 431-HCD/2014 proyecto de resolución solicitando remisión de la nota que alertaba sobre la presencia de árboles secos en el Parque de Mayo (informe elaborado por la Agrupación Justicia Social). Proyecto sancionado el pasado 4 de abril.
– Expte. 462-HCD/2014 proyecto solicitando urgente intervención en arbolado urbano, proyecto sancionado el pasado 10 de abril.
– Expte. 480-HCD/2014 con el objeto de solicitar informes al Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. Valerio, al Subsecretario Lascano y al Señor Intendente Municipal Dr. Gustavo Bevilacqua, relativos a notas y memorandum, proyecto sancionado el pasado 10 de abril.
– Expte. 584-HCD/2014, con el objeto de solicitar informes a la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, sobre la investigación, proyecto sancionado el pasado 30 de abril. Si bien la UFI no remitió información, los concejales fueron recibidos en la sede de la Fiscalía donde pudieron evacuar dudas respecto de la investigación;
– Expte. 586-HCD/2014, con el objeto de convocar al Sr. Intendente Municipal, Dr. Gustavo Bevilacqua al HCD para brindar informes con relación al hecho (proyecto en comisión). El proyecto se encontraba en el orden del día de la sesión del 15 de mayo, y previo a su aprobación y al inicio de la sesión, el Intendente se hizo presente en el recinto, cuestión que será abordada posteriormente.
– Expte 619-HCD/2014, con el objeto de convocar al HCD al Subsecretario de Obras y Servicios Públicos, Rubén Lascano, y a los empleados municipales Lic. Mercedes Pelayes, Ing. Juan Carlos Bellegia, Ing. Cristina Pitsch autores, junto al Ing. Norman Dicek, del informe elaborado sobre el Parque de Mayo a instancia del titular de la Agencia Ambiental Arq. Marcelo Lenzi. La reunión se llevó a cabo el día 9 de junio, cuestión que será analizada posteriormente.
– Expte. 642-HCD/2014, con el objeto de asignar la tarea de seguimiento de la causa penal y actuaciones administrativas relacionadas con la muerte de Daiana Herlein a la Comisión de Asuntos, Legales Derechos Humanos y Garantías del HCD, proyecto aprobado el pasado 8 de mayo. Durante el tratamiento del expediente, se resuelve que se sumen a la comisión los concejales con título universitario de abogados. Una de las actividades de la Comisión fue la visita, el día viernes 13 de junio, a la Fiscalía donde la Secretaría de la UFI N° 3, Dra. Rodriguez y el instructor de la misma, Dr. Lago, comentaron a los concejales los avances de la investigación, poniendo a disposición de los mismos los expedientes.
– Expte. 674-HCD/2014, con el objeto de solicitar al señor Intendente Municipal Gustavo Bevilacqua remita copia de: a) las renuncias que habrían presentado Marcelo Caramelli, Marcelo Lenzi, Rubén Valerio y Norman Dicek; b) acto administrativo -decreto, resolución, etc- por el que se rechazaron algunas de ellas y se aceptaron otras fijándose en este caso separaciones provisorias; y c) se sirva indicar si Martín Laplace presentó su renuncia al cargo de secretario privado en caso afirmativo remita texto de la misma y actos administrativo dictado en consecuencia, proyecto aprobado el pasado 15 de mayo. La información solicitada aún no ha sido remitida a este cuerpo.
– Expte. 747-HCD/2014, con el objeto de solicitar al Intendente Municipal disponga la renuncia de su secretario privado, Martín Laplace, proyecto depositado en la comisión de Asuntos Legales, Derechos Humanos y Garantías.
– Expte. 748-HCD/2014, con el objeto de entregarle al fiscal Duizeide grabación de la visita de Oscar Abraham al HCD, proyecto aprobado el pasado 29 de mayo. La información fue remitida posteriormente por la Presidencia del Cuerpo.
– Expte. 759-HCD/2014, con el objeto de solicitar al Ing. Norman Dicek informes con relación a declaraciones efectuadas al diario “La Nueva Provincia”, proyecto aprobado el pasado 29 de mayo. El mencionado se presentó días más tarde espontáneamente en el cuerpo deliberativo.
– Expte. 797-HCD/2014, con el objeto de solicitar al Fiscal General del Departamento Judicial Bahía Blanca, Dr. Juan Pablo Fernández, fije fecha y hora para concurrir a la sede de la UFIJ 3 con el fin de conocer estado de la I.P.P. 3809 -14, proyecto aprobado el pasado 5 de junio. Los concejales fueron recibidos por los funcionarios de la fiscalía el día viernes 13 de junio.
– Expte. 904-HCD/2014, solicitando se remita a la UFIJ 3 todas las filmaciones y grabaciones existentes sobre declaraciones de funcionarios públicos que visitaron el HCD para que sean incorporadas en la causa 3809-14. Si bien el cuerpo no aprobó dicha resolución, el pedido fue cumplimentado por la Presidencia del HCD;
Que los expedientes mencionados han sido compulsados con el fin de obtener información útil a los fines de la elaboración del presente dictamen;
Que respecto de la convocatoria a funcionarios, por presidencia del HCD el 24 de abril se cursaron las invitaciones a los funcionarios mencionados como así también al Sr. Coordinador General de la Comisión para la Protección y Desarrollo del Arbolado Público, Ing. Agr. Norman Dicek (de fs. 10 a 14 del Expte. 394-HCD-2014). A instancias de una nota remitida por el Coordinador de la Comisión al cuerpo deliberativo (fs. 23), se cursa invitaciones a las Sras. Ethel Calafate (Jardín Botánico), Olga Moras de Gallego (Asociación de Floricultura y Jardinería) y al Ing. Agr. Luis Caro (Departamento de Agronomía de la UNS) (fs. 24 a 26);
Que en cuanto a los pedidos de informes y expedientes sancionados por el Concejo Deliberante el 4 de abril del corriente año (Expte. 401-HCD/2014; Expte. 410-HCD/2014 y Expte. 428-HCD/2014), fueron analizados conjuntamente por el Secretario Legal y Técnico de la comuna, y remitidos posteriormente al HCD el 29 de abril, anexados al Expte. 394-HCD-2014. También se agregaron en dicha oportunidad los expedientes 431-HCD/2014, 462-HCD/2014 y 480-HCD/2014;
Que en relación al Expte. 428-HCD/2014 cabe recordar que durante el tratamiento del tema se decidió incorporar al texto de la minuta de comunicación que la misma era reiteración de otro pedido de informes tramitado por Expte. 1055-HCD-2013. Al respecto vale la pena mencionar que con fecha 12 de septiembre de 2013 el cuerpo deliberativo aprobó por unanimidad una solicitud de informes referido a la aplicación de la Ordenanza N° 15.523 sobre arbolado urbano y espacios verdes. Dicho expediente fue elevado al Departamento Ejecutivo, ingresando a la Dirección de Espacios Verdes el 27 de septiembre del año pasado. Es importante señalar que hasta la fecha el Concejo no ha recibido una respuesta;
Que con fecha 30 de abril ingresan los expedientes mencionados al HCD, con una nota de elevación firmada por el Intendente municipal y el Secretario de Obras y Servicios Públicos donde se deja constancia del acompañamiento de una serie de documentación, conforme lo solicitado por el cuerpo. La documentación acompañada en 4 anexos fue la siguiente:
Informe detallando funciones de la Comisión para la Protección y Desarrollo del Arbolado Público con copias de Actas desde 2009.
Carpeta conteniendo detalle presupuestario del Programa 54 de Paseos Públicos y Planillas de Bienes Físicos por Rubro y Clase.
Carpetas con antecedente de pedidos de alquiler de hidrogrúas.
Carpeta con detalle de tareas que se ejecutan en la Dirección de Parques Municipales y planillas detallando trabajos realizados en los años 2004/2013.
Fotocopia de Carta Abierta, ingresada el día 22 de abril de 2013 en Secretaría Privada.
Carpeta con fotocopia de Oficio ref. IPP 02-00-003809-14 y respuesta de Abogado Mariano Gastón Segre, en carácter de Apoderado de la Municipalidad de Bahía Blanca. Se acompañan fotocopia de la nota 314-403-2013 y de Expedientes N| 0/00-4527-2013 y 461-2209-2014.
Que llamativamente en la mencionada nota se recuerda la obligación del Cuerpo de conformar la Comisión de Arbolado Público en los términos del artículo 9° de la Ley 12276;
Que a fs. 7 y 8 del Expte. 410-HCD/2014, se agrega un dictamen elaborado por el Secretario Legal y Técnico. El letrado comunal señala que “no cabe menos que un análisis serio y urgente, respecto a las responsabilidades que el incumplimiento de los deberes establecidos por el art. 9 de la Ley 12.276 y Decreto Reglamentario imponen” al Cuerpo deliberativo “pudiendo resultar una responsabilidad personal y funcional”. El funcionario intenta contraponer las funciones de la “Comisión para la Protección y Desarrollo del Arbolado Público” creada por la Ordenanza 5785 con las del “Consejo de Arbolado Público” creado por la Ley 12.276, responsabilizando a los concejales por la no conformación de este último organismo y, en consecuencia, de posibles incidentes con el arbolado público, pues señala que “teniendo en cuenta la mora en la creación del organismo competente para intervenir en el control tanto presupuestario como operativo del arbolado urbano previsto en el artículo 9° de la Ley 12.276 …”. En cuanto al Consejo de Arbolado Público señala también le corresponde el “deber de ‘intervenir’, con competencia para asegurar la asignación presupuestaria y el cumplimiento del plan al cual estén asignados los recursos (fase de control responsabilidad secundaria). FASE INCUMPLIDA que deberá ser regularizada de forma urgente” por el HCD;
Que liminarmente corresponde señalar que según la opinión de los ingenieros Norman Dicek (“Para mí era un tema de peligrosidad muy importante por lo tanto ratifico lo que escribí en ese informe, que -el arbolado del Parque de Mayo- debía ser intervenido”) y Cristina Pitsch (preguntada sobre si la información del riesgo -de los árboles del Parque de Mayo- implicaba que éste era inminente responde que “sí”, y agregó que “el estado de los árboles implicaban de por sí un riesgo y que el mismo podía llegar a ocurrir en cualquier momento”), la muerte de Daiana Herlein ocurrida el día 5 de marzo de 2014, en el parque de Mayo de nuestra ciudad, en el sector próximo a la Escuela 17, era evitable;
Que pasamos a considerar detalladamente diversos puntos:
Convocatoria a funcionarios
Que en cuanto a la convocatoria efectuada por el Expte. 674-HCD/2014 a los funcionarios municipales Marcelo Caramelli, Marcelo Lenzi, Rubén Valerio y Martín Laplace, cabe aclarar que, en primer término, fue desestimada. Así, el Secretario de Gobierno, Dr. Fabián Lliteras, visitó el cuerpo deliberativo argumentando que los funcionarios citados no se iban a hacer presentes. Para fundamentar su postura, acompañó un dictamen del Secretario Legal y Técnico, Dr. Santiago Romanelli, fechado el 28 de abril, y una nota dirigida al Presidente del cuerpo, de fecha 29 de abril, remitida por el Secretario Privado, el Secretario de Obras y Servicios Públicos, y el Delegado Municipal de la Delegación Noroeste, Sr. Marcelo Caramelli. En la nota los funcionarios proceden a “impugnar la Resolución por considerar que dicho acto administrativo presenta vicios de competencia, como así también en la finalidad del acto”. Afirman también que la Resolución “persigue una finalidad absolutamente contraria al Ordenamiento Jurídico vigente, pues carece el HCD de competencia para evaluar la conducta de los funcionarios que cita” y, en cuanto a los vicios en la finalidad señala que el proyecto carece “de razonabilidad, toda vez que el mismo intenta determinar responsabilidades que le pueden ser propias” (en clara alusión a las responsabilidades que, a criterio del Secretario Legal y Técnico le cabrían al Concejo Deliberante, cuestión que será abordada posteriormente). Finalmente, los funcionarios citados por el HCD devuelven el expediente de la citación a los efectos de que los concejales lo reconduzcan, “solicitando que en caso de que lo consideren conveniente, procedan a precisar los datos sobre los cuales requieren información, bajo el formato de pedidos de informe, los que serán evacuados a la brevedad”;
Que pese a lo antedicho unos días más tarde, el 5 de mayo, los funcionarios mencionados se presentaron en el Concejo Deliberante junto con el Ing. Norman Dicek, en su calidad de Coordinador de la Comisión para la Protección y Desarrollo del Arbolado Público, tema que será abordado posteriormente;
Responsabilidades de los concejales por la no conformación del Consejo de Arbolado Público
Que con relación a las responsabilidades de los concejales por la no conformación del Consejo de Arbolado Público, los concejales firmantes del presente informe estiman pertinente efectuar una consideración especial en cuanto a la responsabilidad que el funcionario sugiere le cabría al Concejo Deliberante con relación al luctuoso hecho acontecido en el Parque de Mayo. Al respecto el Secretario señala “una grave omisión que no debe pasar por alto respecto de ese Honorable Cuerpo: el Régimen Legal de Arbolado Urbano en la provincia de Buenos Aires (Ley 12.276 y Decreto Reglamentario 2386/03). Y que implica establecer los alcances de esa omisión, como incumplimiento de un deber legal y falta de servicio, ha generado con posibles consecuencias patrimoniales para el municipio.” La afirmación precedente intenta deslindar responsabilidades en los concejales, en el mismo sentido que lo hiciera el texto elaborado por el Dr. Fernández Lorenzo quien se desempeñara en primer término como abogado defensor del padre de la víctima -tal como surge de las declaraciones de los padres efectuadas en el marco de la comisión. Cabe aclarar que dicho texto legal no fue avalado por los padres de Daiana;
Que en el mismo orden de cosas, el presidente del bloque de concejales del FPV-PJ presentó un Proyecto de Ordenanza que tramita por Expte. N° 583-HCD/2014, por el cual se pretendía subsanar el “error” citado por el letrado municipal, proyecto que fue desestimado por el cuerpo. Por otra parte, con la intención de ratificar lo actuado hasta el momento y despejar las dudas respecto de la “Comisión para la Protección y Desarrollo del Arbolado Público” creada por la Ordenanza 5785, el cuerpo deliberativo aprobó por mayoría el 8 de mayo del presente año un Proyecto de Ordenanza que tramitaba por el Expte N° 644-HCD-2014 por el que se modificaba los artículos 1° y 30° de la Ordenanza N° 15.523. El 5 de junio ingresa al Concejo el decreto del Departamento Ejecutivo N° 1377/2014 por el que se observó la incorporación efectuada por el cuerpo al artículo 30°, donde al texto original que rezaba: “La autoridad de aplicación será asistida y asesorada por la Comisión para la Protección y Desarrollo del Arbolado Público, creada por la ordenanza 5785 en los términos allí dispuestos” se le agregó la expresión “y en el artículo 9° de la Ley provincial 12.276”;
Que dicha ordenanza fue promulgada parcialmente por el Sr. Intendente municipal y conforme lo dispuesto por el artículo 108° inciso 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Así, en orden al artículo 66° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante, se insistió con la aprobación del texto sancionado oportunamente dentro de los 30 días de ingresado al cuerpo. Nuevamente por mayoría, el Concejo Deliberante el 26 de junio volvió a ratificar su postura, dando sanción definitiva al proyecto;
La renuncia de dos funcionarios
Que al anunciar el alejamiento del titular de la Agencia Urbana, Marcelo Lenzi, y el ex Director de Espacios Públicos, Marcelo Caramelli, el intendente Municipal, Gustavo Bevilacqua, expresó que había adoptado la medida para descomprimir la situación política generada a partir del hecho que provocó la muerte de Daiana Herlein al caer un árbol en el Parque de Mayo;
Que en una conferencia de prensa efectuada el 9 de Mayo, el jefe comunal señaló que los dos desplazamientos eran temporarios, hasta tanto la Justicia determine las responsabilidades que les pudieran corresponder por la muerte de la menor, y agregó que “había que tomar determinaciones que nos ayuden a seguir gobernando ante los altos niveles de conflictividad sucedidos durante las últimas semanas” (La Nueva, 10 de mayo de 2014);
Que en su visita al HCD, el 15 de mayo pasado, el Intendente manifestó que: “en realidad las decisiones que se tomó, que se anunciaron en esa conferencia (…), tenían que ver con el apartamiento de dos funcionarios que habían estado aquí el día lunes anterior, y respecto a la calificación de temporaria, tenía que ver con decir que no representaba evaluar las responsabilidades que de algún tipo le podían caber, sino que era un gesto respecto al apartamiento, pero que de ninguna manera podía establecer responsabilidades porque está en curso una investigación presumarial y no corresponde que el intendente tome esa determinación. Pero los efectos fueron de renuncias, que de hecho fueron aceptadas.”;
Que acerca de la continuidad en el cargo del Secretario de Obras y Servicios Públicos, el Dr. Bevilacqua afirmó que había tenido en cuenta las opiniones del Ingeniero Norman Dicek, jefe de División Áreas Verdes, para mantener en el cargo a Rubén Valerio (diario La Nueva, 10 de mayo de 2014);
Que el Ing. Dicek en una nota enviada al HCD fechada el 03 de junio, contradijo al intendente Bevilacqua al expresar: “Nunca aconsejé al Sr. Intendente sobre quienes deberían ser los funcionarios, que tenían que seguir en la gestión o bien alejarse. Sencillamente ‘no es mi rol’”.
Que en esa misma nota, al referirse a la concurrencia de Valerio, Laplace, Lenzi y Caramelli el 05 de mayo, afirmó que “aún no logró entender por qué el presidente del HCD, pese a que le solicité en dos oportunidades que quería estar separado de los funcionarios políticos convocados, en tiempo y espacio, no atendió mi solicitud”.
Que también señala textualmente: “Después de la tragedia en el Parque, puedo observar que en ningún momento se menciona el expediente que presentara la Sra. Marta Castaño (Agrupación Justicia Social) quien fuera presidente del HCD. Ella en ese informe advertía sobre los árboles talados, muertos en pie (cifra cercana a 500, donde se encontraba el árbol que le quitaría la vida a Daiana). Este análisis carecía de algunas precisiones técnicas, pero sí muy valiosas por el trabajo de campo. El mismo fue derivado a Espacios Públicos en abril de 2013”. El informe de la agrupación Justicia Social fue entregado en principio en el área de la Secretaría Privada del Intendente;
Que al referirse al informe de mayo de 2013 de la masa arbórea en el Parque de Mayo, el Ing. Dicek expresa que fue solicitado desde la Agencia Urbana, por el arquitecto Lenzi al Jefe del Departamento de Planeamiento Urbano, Ingeniero Juan Carlos Belleggia, con el propósito de hacer una remodelación en el lugar;
Que el Ingeniero Belleggia derivó el trabajo al Ing. Dicek quien en la nota enviada el 03 de junio de 2014 al HCD en relación con el informe de mayo del año pasado señala: “Una vez realizado el diagnóstico informó que hay especies que requieren intervención.”;
Que en otros párrafos el Jefe de División de Áreas Verdes señala: “Desde el 2007, y desde la Comisión para la Protección y Desarrollo del Arbolado Público, luché para convencer a todos de que si se completara la planta funcional del Departamento de Parques Municipales, traería como consecuencia la agilización del logro de las metas necesarias para el mejoramiento ciudadano en todo lo referente al espacio público”. “Siempre puse a disposición del Sr. Intendente y de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y de quien lo requiera, toda la información que dispongo en gestión-verde”. “Tanto Abraham como la Ing. Pitsch se encontraron con una Dirección donde no había nada, no sé como subsistían. Y cuando digo nada, hago hincapié en recursos humanos profesionales especializados. Encontré personal que había ingresado hace muchos años y se mantenían en la misma categoría por caso, no obstante con la buena voluntad y predisposición que les permitía trabajar sobre el arbolado. Todos los directores tienen la obligación de solicitar los recursos necesarios para poder desarrollar la gestión”.
Que en la misma nota el Ing. Dicek hace mención también a una intervención en el sector de Las Villas. El informe tiene como título “Relevamiento de las especies arbóreas con potencial peligrosidad de caída dentro del predio correspondiente al Polideportivo de las Tres Villas y sector de fútbol infantil de club Tiro Federal”.
Que en el informe se indica entre otras cosas:
– Se observan dos altísimos ejemplares de eucaliptos muy próximos a la construcción por lo que se recomienda bajar la altura de los mismos hasta la mitad ya que un desrrame caería indefectiblemente sobre el todo de las instalaciones.
– Eliminación de varios ejemplares secos de cipreses en el sector correspondiente a los fogones.
– Se deben extraer cinco grandes lambertianas secas alrededor de la cancha con piso de asfalto.
Que el Ing. Dicek puntualiza que la intervención en el sector de Las Villas fue una advertencia que hizo sobre la peligrosidad de un ejemplar de eucalipto y de varias especies del predio. El informe le fue solicitado por el arquitecto Alberto Casalli quien en ese momento era Director de Planeamiento Urbano. Una vez finalizado el informe se lo elevó al arquitecto Casalli y según el sello del Departamento Planeamiento Urbano fue recibido el 29 de febrero de 2012. Otra copia fue elevada a la Dirección de Espacios Públicos, la cual estaba a cargo del Sr. Marcelo Caramelli. Afirma Dicek que el Sr. Abraham encontró la nota en la Oficina de Parques y corroboró que el trabajo no se había realizado, razón por la cual “no dudó en llevar a cabo lo sugerido en el informe”. Abraham encontró la nota cuando se hizo cargo de la Dirección de Espacios Públicos en enero de 2014. Explicó que en relación con la cuestión, mantuvo una serie de consultas vecinales y puntualizó que “la reciente tala de árboles en las Tres Villas se realizó de manera programada en ejemplares secos y en otros que representaban peligro para chicos que practican fútbol en el sector” (diario La Nueva, 21 de febrero de 2014). Se adjunta fotocopia del informe del Ing. Dicek;
Que cuando concurrió al HCD en compañía de los secretarios de Obras y Servicios Públicos, Ing. Rubén Valerio, de la Agencia Urbana, Arq. Marcelo Lenzi, del Privado del Intendente, Dr. Martín Laplace y del ex Director de Espacios Públicos, Sr. Marcelo Caramelli, al ser consultado respecto del informe que elaboró sobre la situación en el predio expresó: “se comunicaron del polideportivo, del sector que está detrás, donde están las categorías infantiles de fútbol, y me comentaron que había habido una caída de una rama de un eucalipto muy grande sobre el vestuario de los chicos. Entonces a raíz de eso yo decidí actuar de oficio, es una decisión que me compete, podía hacerlo, y elaboré un informe porque se trataba de todos árboles muy antiguos y árboles que se consideraban patrimoniales. Entonces yo tomé enseguida cartas en el asunto, elaboré un informe e hice dos copias: una la entregué directamente a la Dirección de Espacios Públicos, al área donde estaba el señor Caramelli, y otra la elevé por la vía que corresponde a Secretaría” (esto fue en febrero de 2012). Agregó Dicek que tomó conocimiento este año de que recién durante la gestión del señor Abraham se había encontrado la nota y se habían hecho los cortes pertinentes;
Que en conclusión, el relevamiento de las especies arbóreas con potencial peligrosidad de caída fue recibido en febrero de 2012 por quien lo había pedido, el Arq. Casalli, y el trabajo se realizó casi dos años después;

Denuncias por árboles en mal estado
Que las denuncias por la peligrosidad de varios árboles no sólo se limitan al Parque de Mayo, sino que en algunos sectores los reclamos vienen desde hace más de cuatro años;
Que a lo ya expuesto vinculado con el informe del estado de especies en el complejo polideportivo Las Tres Villas, entregado en febrero de 2012 y atendido a comienzos de 2014 pueden agregarse algunos de los más notorios, sin referirnos a los constantes pedidos de vecinos:
Se requirió la intervención en 43 eucaliptos situados en calle 3 de Febrero al 3700. En tal sentido el 13 de agosto de 2013 el entonces Director de Espacios Públicos, Marcelo Caramelli, remitió una nota a la Secretaría Privada del Intendente. Indica que “las grúas existentes en el municipio no alcanzan altura para efectuar dicha tarea, motivo por el cual desde el año 2009 se solicitó la gestión para la contratación de empresas que contratan con la maquinaria necesaria”. El pedido se cargó en el presupuesto, aunque quedó pendiente de un año a otro. La nota continúa diciendo que “en enero de 2010 volvieron a gestionar el trámite, el cual no llegó a buen fin dado que no se logró la adjudicación a ninguna de las empresas, quedando otra vez en suspenso”;
El 13 de agosto de 2013 la nota firmada por el Director de Espacios Públicos concluye expresando que “en virtud de la insistencia por parte de los vecinos del lugar hemos solicitado la actualización de los presupuestos con el objetivo de darle curso nuevamente al pedido”. La tarea requerida no se llevó a cabo;
Desde 2011 vecinos del barrio El Nacional vinieron reclamando con frecuencia por eucaliptos ubicados en el club del mismo nombre que tienen inclinación y desde los cuales se produjeron desprendimientos de ramas. Uno de los residentes expresó: “Me dirigí a la delegación de Villa Harding Green y al Municipio y manifiestan que no cuentan con escaleras para realizar dicha tarea y que el alquiler de la maquinaria cuesta 2.000 pesos por hora. El problema es que va a ocurrir una desgracia (La Nueva Provincia, 15 de noviembre de 2011).
La cuestión llegó al Tribunal de Faltas, donde después de varias audiencias a partir de octubre de 2012 no se logró solucionar el problema ya que el club El Nacional aducía que no podía realizar los trabajos en forma inmediata por cuestiones económicas y que habían solicitado colaboración al Departamento de Parques Municipales, donde argumentaron que no tenían el equipamiento adecuado;
Que finalmente el 18 de noviembre de 2013 dictó sentencia el Juez de Faltas, Gabriel Alberto Nardi, y en los considerandos dice que resulta necesario un despeje de ramas en altura, por significar “un severo riesgo a la seguridad pública”, según lo expuesto en el acta de comprobación nº 60042;
Que el Juez ordena a la infraccionada (club El Nacional) que debe realizar las tareas propias del despeje del arbolado en un plazo de 10 días corridos;
Que se expresa que el propietario del bien es responsable de la conservación de los árboles, aunque de no cumplir, el municipio deberá hacerlo y cargar los costos a la partida inmobiliaria de la infraccionada;
Que los reclamos de los vecinos durante tres años no fueron atendidos ni tampoco la orden del Juez de Faltas del 18 de noviembre de 2013, porque el municipio no tiene el equipamiento adecuado ni lo contrata, por lo que se hizo un trabajo muy parcial a partir de mayo del corriente año;
Que el Ing. Juan José Quintero, de la Dirección de Espacios Públicos, elaboró el 13 de junio de 2013 un informe en relación con la calle Witcomb, entre Florida y 2da. Colombia, a raíz de vecinos que manifestaron tener inconvenientes con la arboleda del Parque;
Que puntualiza que por debajo de la copa de los eucaliptos existe una línea de tendido eléctrico que abastece a viviendas, y que debido al desrame natural y la presencia de numerosas ramas secas es necesario intervenir toda la primera línea de eucaliptos con podas de tipo conductiva que extirpe los gajos que se proyectan peligrosamente sobre el tendido eléctrico y la acera del Parque para salvaguardar no solo la instalación eléctrica sino también la seguridad de los numerosos transeúntes que circulan por el sector;
Que el informe fue entregado hace más de un año (13 de junio de 2013) y no se hizo nada del trabajo recomendado;
Que el 27 de junio de 2013 el Director de Espacios Públicos, Marcelo Caramelli, elevó al Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. Rubén Valerio, un informe elaborado por el Ing. Juan José Quintero después de una inspección realizada con motivo del reclamo de vecinos de calle Balboa al 3400, por la existencia de eucaliptos en el lugar;
Que el informe expresa, entre otros conceptos: “Estos ejemplares no son aptos para arbolado urbano, ya que presentaban ‘desrame natural’ produciendo la caída de grandes y pesadas ramas que atentan gravemente la seguridad pública”;
Que “su extenso sistema radicular afecta seriamente todo tipo de construcción edilicia. Solo pueden permanecer en el espacio urbano si se deja una zona de retiro, aproximadamente 30 metros, y en este lugar se encuentran viviendas debajo de la arboleda y a una distancia de 10 metros, por lo tanto todas las viviendas del sector quedan bajo el peligro de estos árboles”;
Que en el párrafo final expresa que “por todo lo anterior estos ejemplares deben ser extraídos, evitando serios perjuicios para los vecinos del sector”.;
Que las advertencias formuladas en el informe del Ing. Quintero hace más de un año, no fueron tomadas en cuenta. Los árboles permanecen sin intervención alguna en Balboa al 3400;
Advertencias al 0-800
Que el 4 de febrero de este año un vecino del barrio San Martín, asiduo concurrente al Parque de Mayo, realizó su primera advertencia a través del servicio 0-800 Bahía diciendo que sobre la pista de ciclismo se ve en un eucalipto “una tremenda rama seca quebrada y suelta sobre dos ramas a unos doce o quince metros de altura”.;
Que otras dos notas fueron enviadas el 19 de febrero y el 17 de marzo haciendo similar reclamo, y haciendo extensiva su inquietud al estado de otros árboles;
Que en el escrito del 19 de febrero el vecino dice que hay muchos árboles secos, muertos, amenazantes. Están “a punto de caerse en cualquier momento, a la menor vibración del árbol y lamentablemente sobre la persona que inocentemente pasa por el lugar. Tengan en cuenta que si el accidente se puede evitar, no es un accidente”;
Que quince días después de enviada esa nota cayó el árbol que provocó la muerte de Daiana Herlein;
Que la “tremenda rama seca quebrada sobre un árbol sobre la pista de ciclismo” como describió el vecino el 4 de febrero, fue retirada el 8 de mayo después que el diario La Nueva publicó el día anterior una elocuente fotografía en la página 3. Habían pasado más de tres meses del primer reclamo;
La caída del árbol sobre la Escuela 17
Que el 20 de febrero de 2013 se produjo la caída de una rama de importantes dimensiones que se desprendió de un eucalipto de gran porte sobre el techo de la Escuela Primaria Nº 17 ubicada en el Parque de Mayo;
Que las autoridades de ese establecimiento y de la secundaria nº 345 que funciona en el lugar habían formulado previamente advertencias y expresado inquietud respecto del estado de los árboles que están en las cercanías y en el propio patio.
Que en tal sentido se comunicaron con el Departamento Ejecutivo municipal y con autoridades del Consejo Escolar, informándoles acerca de la situación.
Que dos días después de la caída de la enorme rama, el 22 de febrero las directoras de la EPB Nº 17 y de la ESB nº 345, Teresita Delgado y Denise Moschetti, enviaron una nota a la Municipalidad donde se refieren al hecho y señalan que “este inconveniente puso en evidencia la realidad de los pinos y eucaliptos que rodean nuestro edificio. Algunos ya muy añejos, otros torcidos por los vientos hace que sean un peligro para las personas que concurrimos a este establecimiento educativo. Habiendo existido otros incidentes en años anteriores pedimos se realice un estudio en cuanto a la seguridad del espacio que nos rodea, tanto fuera del perímetro de la escuela como dentro del mismo”;
Que desde la Dirección de Espacios Públicos, el 18 de abril de 2013 enviaron una nota al Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. Rubén Valerio, informando que se realizaron las intervenciones requeridas por las Escuelas Nº 17 y Nº 345 en relación con los ejemplares arbóreos;
Que ese informe no coincide con lo expresado por los docentes, quienes señalaron que no se habían llevado a cabo las tareas solicitadas en la nota del 20 de febrero;
Que ante un pedido realizado desde el área de Asesoría Letrada acerca de trabajos en la escuela, desde la Dirección de Espacios Públicos, el 24 de octubre de 2013, se señala que se procedió al corte de un pino de gran porte, el cual se encontraba semiseco, despojándolo desde la copa para lograr despejar al techo de la institución de la rama caída, tarea que se realizó con la Grúa RI392, culminando el retiro del tronco y sus raíces con la pala-retro RI549;
Que esa nota enviada al Subsecretario de Obras y Servicios Públicos, Rubén Lascano, no menciona que se hayan llevado a cabo los trabajos solicitados por las docentes relacionado con “un estudio en cuanto a la seguridad del espacio que nos rodea tanto fuera del perímetro de la escuela como dentro del mismo” según requería la nota del 22 de febrero del año pasado;
Que esa tarea recién comenzó en mayo de este año, es decir quince meses después del pedido, y se iniciaron alrededor de la Escuela Nº 17, donde ya fueron talados unos 300 ejemplares;
Que desde Espacios Públicos informaron que entre las intervenciones que se realizaron se procedió al retiro de 11 ejemplares de pinos que estaban ubicados en el patio interno del establecimiento educacional. Se puntualizó que en el sector se relevaron 633 árboles y que se realizó intervención en el 62%, con la tala de muchos de ellos en situación de decrepitud fisiológica, oprimidos y secos, y también se procedió a limpiar las copas de aproximadamente 150 ejemplares;
Que acerca de los trabajos que se hicieron para reparar daños en la Escuela del Parque de Mayo provocados por la caída de una enorme rama el 20 de febrero de 2013 surgen dudas que habría que aclarar;
Que mientras de la Dirección de Espacios Públicos, como se expresa más arriba, en un informe fechado el 24 de octubre de 2013, se alude a “trabajos para lograr despejar del techo de la institución de la planta caída”, tarea que se realizó con la grúa RI392 y con una pala retro; desde el Consejo Escolar se presentó una factura de Maximiliano Gonzalo Mazzoni donde menciona, entre otros trabajos realizados, la “extracción de rama de eucalipto sobre techo de EPB Nº 17”;
Que asimismo la presidenta del Consejo Escolar, profesora Liliana Aglietti, el 06 de junio cuando concurrió al Concejo Deliberante, ante una pregunta expresó que había sido personal de la empresa Mazzoni quien procedió a retirar la rama del techo;
Que, como es sabido, la Municipalidad debió hacerse cargo de abonar la reparación de los daños causados al establecimiento educacional por la caída de la rama que se desprendió de un eucalipto;
Que en tal sentido el Intendente Municipal, Dr. Gustavo Bevilacqua y el Subsecretario de Obras y Servicios Públicos, Rubén Lascano, elevaron un proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante;
Que en el artículo 1° del proyecto dispone el reconocimiento de los daños materiales ocasionados el 20 de febrero de 2013 por un árbol del interior del Parque de Mayo que cayera sobre el techo de la Escuela Primaria Nº 17, y menciona que deben abonarse $29.150;
Que en los considerandos del proyecto de ordenanza firmado por el se señala “que del presente expediente surge la responsabilidad de la Municipalidad de Bahía Blanca por el daño causado por un árbol el cual cayó sobre el techo de la institución y provocara la rotura de parte del techo, cielorraso, cabreadas e instalación eléctrica del sector cocina y parte de la biblioteca, aula y SUM del establecimiento pudiéndose reconocer el accidente en el marco de las ordenanzas 7.701 y 12.714”;
Que el proyecto de ordenanza disponiendo el reconocimiento de los daños materiales y autorizando el pago de $29.150 fue aprobado por el HCD en la sesión del 14 de febrero de 2014;
Que el haber autorizado el pago y lo expuesto en los considerandos admiten claramente la responsabilidad del Departamento Ejecutivo municipal en cuanto al relevamiento y mantenimiento de los árboles en lugares públicos;
Que la advertencia sobre el estado que presentaban algunos árboles ya había sido formulada por las autoridades de la EPB 17, cuestión que queda ratificada en la nota del 22 de mayo donde mencionan que “existieron otros incidentes en años anteriores”;
Que el Secretario de Obras y Servicios Públicos ha dicho que no conocía el informe firmado por los ingenieros Bellegia, Dicek y Pitsch y la Lic. Pelayes. En el mismo sentido, Cabría preguntar si el ingeniero Rubén Valerio tampoco leyó la nota del 22 de febrero de 2013 firmada por Teresita Delgado, directora de la EPB Nº 17 y Denise Moschotti, directora de la ESB Nº 345, que tuvo ingreso en su Secretaría el 24 de Mayo de 2013, casi diez meses antes de la caída del árbol que provocó en ese sector la muerte de Daiana Herlein;
Que se recuerda que la nota expresa “nuestra gran preocupación sobre la seguridad de nuestros alumnos, personal docente y auxiliares”. En otro párrafo dice que “este inconveniente (por la caída del árbol sobre el techo de la Escuela) puso en evidencia la realidad de los pinos y eucaliptos. Algunos ya muy añejos, otros torcidos por los vientos” hace que sean un peligro para la seguridad de las personas que concurrimos al establecimiento”. Concluye diciendo que “ambas direcciones ruegan se tome en cuenta este pedido de relevamiento del estado de las especies”;
Que esa nota –reiteramos- ingresó en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos el 24 de mayo de 2013, y la solicitud no fue atendida ya que el informe de los ingenieros fue a raíz de un requerimiento del titular de la Agencia Urbana Arq. Marcelo Lenzi, para tener una información base para futuros estudios urbanísticos e intervenciones a realizar en el Parque de Mayo, por lo que no consistió en un relevamiento individual del arbolado, que era lo que solicitaban las autoridades escolares. Hay que mencionar lo que hoy pocos recuerdan: otro árbol cayó en agosto de 2013, en una tarde en la que no había viento ni lluvia, remarcó la directora de la ESB 345, Denise Moschetti (diario La Nueva, 8 de marzo de 2014);
Que hay más opiniones vertidas por los funcionarios que ratifican que el informe de los Ingenieros Bellegia, Dicek y Pitsch y la Lic. Pelayes no se hizo para responder al pedido de las autoridades de la Escuela, tal como se desprende de las expresiones que se mencionan a continuación:
El ing. Norman Dicek en el marco del presumario que se está sustanciando señaló que el informe fue sobre un relevamiento de masas forestales y aclara que dice masas porque es sobre el conjunto y no sobre ejemplares individuales;
El arquitecto Marcelo Lenzi cuando concurrió al Concejo Deliberante el 5 de mayo último, dijo que lo que se solicitó fue un estudio general de la masa arbórea, porque era para una reformulación de otro carácter;
El propio ingeniero Rubén Valerio dijo que el informe “habla de manera general del estado de las distintas especies, no hace sugerencias puntuales de extracciones o prioridades de intervención” (La Nueva, 11 de marzo de 2014). De lo antedicho se desprende que el Ing. Valerio con esas declaraciones intenta una defensa en cuanto a las responsabilidad por la caída del árbol que provocó la muerte de Daiana Herlein, pero no hace más que ratificar que no dio ninguna orden, ni dispuso medida alguna para cumplir con el pedido de las directoras de ambos establecimientos educativos formulado en la nota que desde el 24 de mayo del año pasado permaneció en su oficina, y pasó un año sin que se efectuara la tarea integral solicitada;
Que, en conclusión, el ruego de los docentes no fue escuchado.
Que en relación con lo ocurrido en la Escuela 17, el 6 de junio pasado concurrió al HCD, respondiendo a la convocatoria efectuada por el Expte. 424-HCD/2014, la presidenta del Consejo Escolar, profesora Liliana Aglietti. Dijo que la situación de reparar los daños se resolvió por emergencia con la Dirección Provincial de Infraestructura, con un inspector y con el proveedor que inmediatamente procedió al retiro de la rama y a comenzar con las tareas, porque si no la escuela quedaba abierta, quedaba desprotegida. Después de la caída de la rama que provocó daños se comunicó con el Director de Espacios Públicos, Marcelo Caramelli, quien le informó que iban a seguir con el corte, con la poda, y con el trabajo que fuera necesario, porque el día del desrame no había ningún factor climático que lo hubiera ocasionado;
Que también expresó que “desde la Dirección de la escuela, y nosotros a través del Consejo Escolar reforzábamos telefónicamente para agilizar los trámites. Los reclamos se hacían telefónicamente al Sr. Caramelli”;
Que admitió que había algunos árboles complicados en el patio del establecimiento y que la directora de la Escuela insistía con la necesidad de que se actuara sobre ellos. También expuso que antes de la caída del árbol sobre la escuela, el 20 de febrero de 2013, las autoridades del establecimiento educacional le habían informado respecto de la peligrosidad que significaban algunos árboles y que habían enviado notas al municipio;
Que ante las preguntas efectuadas por los concejales, la profesora Aglietti señaló que después de la muerte de Daiana Herlein, el 5 de marzo, las respuestas que le daban a la escuela cambiaron en cuanto a la tala o extracción de árboles. Agregó que retiraron todas las especies que estaban en el patio y que se iba a empezar a trabajar en la parte lindera, exterior al establecimiento;
Que cuando se le expresó a la profesora Aglietti que en la reunión del Consejo Escolar del 21 de mayo había dicho que a veces hacía llamados al área de la Secretaría de Obras Públicas y que no tenía respuestas. También dijo que “en alguna oportunidad justo estaba el Ing. Valerio en Buenos Aires y en otros momentos que concurrí era que estaba ocupado”. Añadió que desde febrero de 2013 a marzo de 2014 no tomó contacto con ningún funcionario político del área de Obras Públicas, excepto las comunicaciones telefónicas mantenidas con Caramelli;
Que además la profesora Aglietti refirió que una vez la citaron desde Obras Públicas por el tema del expediente relacionado con el cobro a raíz de los daños en la Escuela 17, fue atendida por la Jefa de Despacho y que no habló con Valerio ni con Lascano;
Que asimismo, ante la pregunta de si el Consejo Escolar solicitó la posibilidad de una ampliación edilicia en la Escuela 17 por la peligrosidad de los árboles, Aglietti contestó que sí “justamente en el terreno que se nos cedía, que es a continuación de la Escuela N°17, sería entre la 17 y la 509, justamente se habla de respetar o mantener algún tipo de cuidado con las especies del sector.”;
Que también señaló que cuando asumió el señor Oscar Abraham como Director de Espacios Públicos se presentó en el Consejo Escolar haciendo mención al cargo que tenía, y que “en general hablamos de varios proyectos que él tenía pensado realizar con distintos servicios educativos, varias escuelas, proyectos con chicos de jardín” y que iban a volver a reunirse en breve como para poder viabilizar esos proyectos;
Que, como es sabido, el señor Oscar Abraham debió alejarse de sus funciones por los hechos conocidos y la posibilidad de concretar esos proyectos quedó frustrada;
El informe de la masa arbórea en el Parque de Mayo
Que el informe de la masa arbórea en el Parque de Mayo está fechado el 20 de mayo de 2013 y firmado por Juan Carlos Bellegia, Norman Dicek, Edith Cristina Pitsch y Mercedes Pelayes. El mismo comienza haciendo una reseña histórica del Parque de Mayo, e incluye un inventario y diagnóstico;
Que fue solicitado por el arquitecto Marcelo Lenzi, responsable de la Agencia Urbana, para tener una información base para futuros estudios urbanísticos e intervenciones a realizar en el Parque, según expresó el Jefe del Departamento de Planeamiento Urbano, Ing. Juan Carlos Belleggia;
Que el relevamiento y diagnóstico que llevaron acabo los profesionales determinó el mal estado de un gran porcentaje de los 7000 ejemplares, lo que afecta el 85% de la superficie del paseo que comprende 61 hectáreas;
Que el estudio mencionó que el eucalipto es la especie más numerosa con 3600 ejemplares, después el pino tosquero con 338, y existen además sauces, palmeras, olmos, álamos plateados, lambertianas, cipreses, etc.;
Que el informe sostiene que “un alto porcentaje de eucaliptos se encuentran poco desarrollados, oprimidos y hasta muertos”. Aunque en los casos de individuos oprimidos y muertos no se evidencia situación de amenaza debido al escaso porte alcanzado a raíz de las desfavorables condiciones por la competencia con otras plantas;
Que la cantidad de esos ejemplares por hectárea exige la materialización de un constante raleo o poda para permitir su desarrollo adecuado, tareas que no se han llevado a cabo convenientemente;
Que en cuanto a los ejemplares bien desarrollados en altura y DAP (diámetro a nivel del pecho) el estudio de los profesionales expresa que “poseen copas con ramas secas y peligrosas para el usuario del espacio recreativo”. La situación es idéntica en la mayor superficie cubierta por esta especie;
Que asimismo el informe advierte sobre la peligrosidad de algunos eucaliptos camaldulensis. Se indica que están rodeados por un cantero elevado para evitar el uso del árbol como fuente leñera. Al construir el cantero, colocar tierra y tapar el área afectada no se puede apreciar el grado de pudrición en el tejido leñoso;
Que se agrega además el debilitamiento de las raíces de anclaje, y por lo tanto, son ejemplares que poseen una disminución de su estabilidad. En conclusión –puntualiza el estudio- si bien se encuentran dentro de la masa y no en la periferia se los considera “ejemplares peligrosos” para el principal espacio verde público con que cuenta la ciudad;
Que respecto del pino tosquero, observa un mejor estado fitosanitario, aunque muchos de ellos están afectados por varias especies de hongos. Se menciona que hay en esos árboles un estado de estrés general, por lo cual la colonia de hongos no ha encontrado barreras, “realizando un avance constante hasta provocar una gran mortandad”;
Investigación pre sumarial
Que en la Asesoría Letrada se desarrolla una investigación pre sumarial ordenada en el expediente 461/2209/2014 caratulado: “Dirección Espacios Públicos eleva informe Ref. Arbolado Público Parque de Mayo”, y han comparecido los empleados municipales Juan Carlos Belleggia, Norman Dicek, Edith Cristina Pitsch y Mercedes Pelayes;
Que al concurrir el Ing. Belleggia reconoció la autenticidad de la copia certificada en la que consta el informe elaborado por los ingenieros Dicek y Pitsch y la Lic. Pelayes. Señaló que una vez presentado el informe, fue elevado a la Agencia Urbana para su consideración, sin que el área a su cargo -Departamento de Planeamiento Urbano- tuviese incumbencia sobre la cuestiones que allí se indicaban, específicamente en lo que se refiere a la intervención en las tareas necesarias que recomendaba el informe de los profesionales actuantes. Preguntado sobre si con posterioridad a la presentación del informe en Agencia Urbana fue convocada su área, responde que no recuerda que se haya realizado ninguna reunión;
Que al ser convocado en el marco del presumario el Ing. Dicek indicó que el estudio no fue individual sobre cada árbol sino que se efectivizó sobre las masas arbóreas, pero que de todos modos al detectar algunos en mal estado fitosanitario se lo recalcó en el informe para que posteriormente las áreas correspondientes procedieran a sus efectos. Con relación a reuniones posteriores dice que solo una vez se los convocó respecto de los eucaliptos que bordean el establecimiento de Irel y la Escuela 509 para una remodelación en la playa de estacionamiento. Esa reunión no estuvo vinculada en modo alguno con el estado fitosanitario de las especies indicadas en el informe original;
Que como firmante del informe también fue citada a prestar declaración informativa la Ing. Edith Cristina Pitsch;
Que preguntada por los motivos por los que el estudio fue realizado responde que fue a pedido del Jefe del Departamento Planeamiento Urbano, Ing. Juan Carlos Belleggia, para efectuar un diagnóstico espacial de la masa arbórea del Parque por una cuestión de planeamiento. De todos modos, advirtiendo el estado fitosanitario de algunas especies lo informaron por considerar que era importante que las autoridades tomaran conocimiento de ello por estar dentro del principal paseo público de la ciudad;
Que preguntada sobre si la información del riesgo implicaba que éste era inminente, responde que sí y que incluso el informe lo detalla de esa manera. La Ing. Pitsch dijo además que después de presentado el informe nadie los convocó a una reunión;
Que también fue convocada a prestar declaración informativa en las actuaciones pre-sumariales la Lic. Mercedes Pelayes;
Que con relación a si los riesgos enumerados en el informe implicaban la posibilidad de que los desprendimientos pudiesen ser inminentes responde que no es su especialidad el tema forestal, pero que de todos modos el informe incluyó tal apreciación ya que esta ciudad se caracteriza por tener fuertes vientos y el estado de los árboles implicaban de por sí un riesgo y que el mismo podía llegar a ocurrir en cualquier momento;
Que preguntada sobre si con posterioridad al informe tuvieron los profesionales actuantes alguna reunión o indicación sobre lo informado aclara que al menos en lo que respecta a ella nunca fue convocada a reunión de ningún tipo al respecto;
Los desinformados funcionarios de la Municipalidad: ¿Es creíble que nadie vio el informe?
Que los funcionarios Valerio, Lenzi, Caramelli y Laplace, que fueron convocados por el Expte. 674-HCD/2014 y luego de la primera negativa a asistir a la convocatoria -tal como fue reseñado anteriormente- se hicieron presentes en el HCD el día 5 de mayo.
Que la pregunta que surge a raíz de las declaraciones de los funcionarios del Departamento Ejecutivo en relación con el informe firmado por los ingenieros Belleggia, Dicek y Pitsch y la Lic. Pelayes, es inevitable: ¿Es posible que un informe solicitado al área de Planeamiento Urbano y elaborado por especialistas no haya sido leído por nadie durante diez meses?;
Que el escrito incluyendo el diagnóstico respecto de la situación del arbolado en el Parque de Mayo fue entregado en mayo de 2013 en la Agencia Urbana y permaneció en un cajón de esa oficina hasta mayo de 2014;
Que es razonable suponer que por lo menos el extitular de la Agencia Urbana, Arq. Marcelo Lenzi, se interiorizó del trabajo que pidió en relación con la masa arbórea y haya omitido informar respecto de lo que se mencionaba acerca de la peligrosidad de varios árboles;
Que es poco creíble que nadie haya visto el informe y hay un razonable margen de duda en cuanto a considerar como veraz el argumento de los funcionarios negando haber tenido conocimiento. Es menos creíble aún la posición del Intendente municipal sobre que no conocía el informe y que consultado sobre la síntesis que publicó La Nueva Provincia el 10 de noviembre respondió “no leo el diario”;
Que aunque el Dr. Bevilacqua no lea el diario es imposible creer que ya sea desde la Secretaría Privada o desde el área de prensa no le acerquen diariamente recortes del periódico respecto de temas sobre la gestión ni le efectúen comentarios. Además, debe mencionarse que una agencia de publicidad realiza un monitoreo sobre todo lo que se dice de los medios de difusión más importantes y lo entrega en el Departamento Ejecutivo;
Que acerca de las declaraciones del Intendente mencionando que no lee el diario, cuando terminó el 15 de mayo pasado la reunión en el Concejo Deliberante en la que el jefe comunal se encontraba presente, un periodista de “La Nueva” señaló ante concejales que “Bevilacqua dice que no lee el diario pero cuando sale algo que no le gusta enseguida llama por teléfono”;
Que a través de las declaraciones de funcionarios que estuvieron en el Concejo quedó claro que aunque no hubiesen leído el informe eran varios los funcionarios que conocían detalles de ese trabajo. Esto queda aseverado por algunas de las siguientes expresiones:
Marcelo Caramelli: Conocía el informe por el diario nada más, como todo el mundo.
Marcelo Lenzi: El informe nunca fue privativo de la Agencia, sino que fue publicado en el diario La Nueva Provincia el 10 de noviembre de 2013, y fue público, y lo han leído todos el día que se publicó, así que nunca fue un tema oculto.
Martín Laplace: Dijo que el informe no lo conocía pero cayó en lo que puede señalarse como una contradicción. Cuando se le preguntó si ese escrito no daba cierta previsibilidad sobre las acciones que había que seguir, Laplace contestó textualmente “para eso estaban interviniendo las secretarías que correspondían”. Si Laplace no conocía el informe ¿cómo sabía que estaban interviniendo las secretarías que correspondían? ¿en base a qué estaban interviniendo las secretarías si no conocían el informe?. Además quedó comprobado que el área de Obras y Servicios Públicos (que es la Secretaría que correspondía) por lo menos hasta marzo de 2014 no efectuó ninguna intervención vinculada con el informe de los ingenieros.
Rubén Valerio: Al Secretario de Obras y Servicios Públicos se le preguntó cuándo conoció el informe que suscribieron los ingenieros Belleggia, Dicek y Pitsch y la Lic. Pelayes, y contestó: “Lo que conocía por lo que salió en el diario, pero después el informe a partir de que lo solicité”. El Ing. Valerio en declaraciones periodísticas dijo que se enteró del informe después de la caída del árbol que provocó la muerte de Daiana Herlein (diario La Nueva, 25 de marzo de 2014). Catorce días antes el funcionario había reconocido la existencia del informe señalando textualmente: “Tengo conocimiento de ese trabajo más allá de no tenerlo en mi Secretaría” (diario La Nueva, 11 de marzo de 2014). La pregunta es: ¿desde cuándo tenía conocimiento del informe el secretario de Obras y Servicios Públicos? Aún con muchas dudas y admitiendo que conoció el informe después del 5 de marzo, hay que puntualizar que el propio funcionario dice que lo conocía por lo que salió en el diario el 10 de noviembre de 2013, cuatro meses antes de la tragedia en el Parque de Mayo.
Que la información periodística que el Ing. Valerio leyó tiene como título: “Es malo el estado de los árboles del Parque de Mayo” y expresaba, entre otros conceptos: “Un relevamiento y diagnóstico sobre la masa de árboles existentes en el centenario Parque de Mayo realizado por profesionales del área de Planeamiento Urbano municipal dejó en claro el mal estado de un gran porcentaje de los siete mil ejemplares que ocupan casi el 85% de la superficie del paseo”; “Los eucaliptos más desarrollados presentan ramas secas peligrosas, una amenaza para los usuarios del cada vez más concurrido espacio”;
Que el Ing. Valerio leyó la noticia con la alarmante advertencia pero no adoptó medida alguna ni dio orden a Espacios y Paseos Públicos (Dirección de su dependencia) para que realizaran alguna intervención, y ni siquiera pidió el informe que mencionaba el diario para interiorizarse con mayor amplitud, ya que dice que lo conoció después de la tragedia;
Marcelo Lenzi: No está en el área de la Agencia Urbana el mantenimiento ni la atención de los árboles, ni las cuestiones que son operativas diarias que están en la Secretaría que corresponde y lo tienen en el presupuesto anual. La conservación del arbolado es continua tarea de la Oficina de Parques y de Obras Públicas y no depende del informe, y además tiene conocimiento absoluto de cómo es el tema.
Norman Dicek: El Ingeniero Norman Dicek sugirió que el Ingeniero Rubén Valerio podría haber conocido detalles del informe en noviembre de 2013 y al respecto dijo: “Entiendo que el Secretario de Obras recién tomó conocimiento del mismo a través de la nota publicada en noviembre del año pasado”; “De todas maneras desde la comisión habíamos hablado con él acerca de que el arbolado urbano de la ciudad y la región venía observando un deterioro profundo, con secuelas y muertes de ejemplares motivadas por distintas causas”. “La seguridad de las personas está por encima de cualquier otro aspecto que motive la realización de un informe”. Agregó que por lo tanto “correspondía la mención de peligrosidad a partir del momento en que se realiza el relevamiento, sin poder especificar una fecha, el riesgo es desde ese mismo momento”. Cuando se le preguntó si para él era previsible que pueda caer un árbol en el Parque contestó textualmente: “Para mí era un tema de peligrosidad muy importante, por lo tanto ratifico lo que escribí en ese informe, que debía ser intervenido”. “Consideré que en esa masa arbórea había signos de peligrosidad, por eso se elevó (el informe) y después se debía obrar en consecuencia”. Cuando se le preguntó si el hecho que provocó la muerte de Daiana Herlein podía ser denominado como un accidente, el Ing. Dicek descartó esa calificación al expresar: “si un árbol está sano y cae un rayo, y se cae el árbol no se puede evitar. Dio otros ejemplos como el de un accidente de un automóvil y concluyó en que “de un árbol muerto y seco se puede evitar su caída, la peligrosidad está plasmada en el informe”;
Rubén Lascano
En orden a la invitación efectuada por el Expte. 619-HCD/2014 en Subsecretario de Obras y Servicios Públicos se presentó en el HCD el día 23 de mayo. En dicha oportunidad manifestó que no tenía conocimiento del informe presentado en mayo de 2013. Tampoco leyó La Nueva Provincia del 10 de noviembre de 2013 donde se reseñaba ese trabajo. Sin embargo, posteriormente, en otro tramo de su exposición en el HCD dijo Lascano: “Yo me entero de todo, no es que no me entero, yo leo los medios”. También dijo que conversa todo con el Ingeniero Rubén Valerio, por lo que se supone que su superior -que dijo que se enteró del informe por lo salió en La Nueva Provincia-, le habrá informado a Lascano de la advertencia que se formulaba sobre la peligrosidad de árboles y la amenaza que significaban para los habituales visitantes del Parque de Mayo;
Que Lascano admitió que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos es la máxima responsable del arbolado urbano. Lascano es el segundo en jerarquía en esa área. Tampoco vio Lascano la nota fechada el 22 de febrero por las directores de las escuelas nº 17 y nº 345, donde pedían un relevamiento de la masa arbórea dentro del predio y también en la parte exterior;
Que esa nota estuvo desde el 24 de mayo de 2013 en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos. Tampoco vio Lascano una nota firmada por Caramelli con un informe suscripto por el Ing. Agr. Juan José Quintero sobre árboles ubicados en Balboa al 3400. La nota señala en uno de los párrafos: “quedan las viviendas de la zona bajo el peligro de estos árboles, por lo que deben ser extraídos evitando serios perjuicios para los vecinos del sector”;
Que el subsecretario manifiesta que no vio la nota. Lo llamativo es que la recepción del informe está firmada por el propio Lascano, el 27 de junio de 2013;
Que tampoco leyó el funcionario el informe del Ing. Dicek sobre el predio de las Tres Villas donde mencionaba especies arbóreas con potencial peligrosidad de caída, aunque admitió que Dicek le comentó que “la extracción de unos eucaliptos había que realizarla”;
Que el relevamiento fue entregado por el Ing. Dicek el 29 de febrero de 2012. Los trabajos en el arbolado localizados en el predio mencionado, se realizaron dos años después, en 2014, cuando estaba a cargo de la Dirección de Espacios Públicos el Sr. Oscar Abraham;
Visita del Intendente Municipal, Dr. Gustavo Bevilacqua al HCD
Que el Intendente Municipal, el 15 de mayo, cuando concurrió al HCD afirmó que no tenía conocimiento del informe elaborado por los ingenieros, y que se lo había comentado el arquitecto Marcelo Lenzi con posterioridad al fallecimiento de Daiana Herlein;
Que cuando se le preguntó si en las reuniones hablaba con el secretario de Obras y Servicios Públicos de temas vinculados con el arbolado urbano respondió que no. Cabe recordar que diez días antes, en el mismo recinto, cuando se le preguntó al Ing. Valerio si había hablado con el Jefe Comunal respecto del arbolado contestó: “Yo con el Intendente hablo todos los temas”;
Que el Dr. Bevilacqua, según afirmó, lee poco La Nueva Provincia, por lo que expresó que no había visto una síntesis del informe; publicado por ese medio el 10 de noviembre de 2013;
Que cuando se le preguntó si nadie de su entorno le comentó que había sido publicada una nota en el diario local alertando sobre la peligrosidad de árboles en el Parque, contestó textualmente: “No, de hecho si no hubiera tomado alguna determinación, hablar con algún funcionario, pero no”;
Que respecto de que si hubiese conocido el informe hubiese tomado otras decisiones políticas señaló el intendente: “Respecto a si lo hubiera conocido habría actuado de manera diferente, o si hubiera disparado un alerta, hubiera efectuado algún otro tipo de consideración puede ser”;
Que al margen del informe se le preguntó si recordaba el trámite vinculado con el árbol que cayó sobre la Escuela 17, el 20 de febrero de 2013, a lo que el Jefe Comunal respondió textualmente “No, estos días, con esto, porque ese expediente fue solicitado por la justicia, el expediente de los daños y perjuicios.”;
Que cuando se le preguntó si recordaba lo que se argumentó al momento de elevar el proyecto de ordenanza, contestó: “Firmo muchas…” y cuando se le recordó que se hablaba de la responsabilidad del Municipio por el árbol que se había caído en la escuela, contestó: “Sí, eso es indudable, la responsabilidad, hay distintos tipos de responsabilidades; usted sabe que las responsabilidades generalmente las extra contractuales, y esto es un tema jurídico de los abogados, a veces tiene que ver con el solo hecho de ser titular o ser de alguna manera responsable de una cuestión, sea inerte o no. Así que creo…”
Que hay que coincidir en que la respuesta no fue muy clara;
Que en conclusión, el Intendente sabía del informe, según dice no lee el diario, y tampoco debe mirar los textos de las desgrabaciones de lo que se dice en los principales medios de difusión acerca de cuestiones vinculadas con su gestión, monitoreo que está a cargo de una agencia de publicidad;
Que el Sr. Marcelo Caramelli, el arquitecto Marcelo Lenzi, y el Ing. Norman Dicek dijeron que después de la publicidad en el diario “lo conocían todos”, y específicamente el Ing. Rubén Valerio señaló en el HCD el 5 de mayo: “lo que conocía por lo que salió en el diario (el 10 de noviembre de 2013), pero después el informe a partir de que lo solicité”;
Que hay que puntualizar que el Dr. Bevilacqua admitió que podría haber adoptado alguna medida si se hubiese enterado, y en tal sentido deben resaltarse algunas palabras de lo expuesto en párrafos anteriores, concretamente cuando dijo “hubiera tomado alguna determinación” y que podría ser que “hubiera disparado un alerta”;
Que repasando los expedientes y las declaraciones, se concluye en que aún conociendo el informe (porque leyó La Nueva) el principal responsable del área, Ing. Rubén Valerio no tomó ninguna determinación, ni disparó ningún alerta;
Conclusiones
Que debe resaltarse en primer término la opinión de dos especialistas en cuestiones de arbolado, los ingenieros Dicek y Pitsch coincidieron en que la caída del árbol que provocó la muerte de Daiana Herlein pudo haberse evitado;
Que al respecto cabe mencionar algunas de las expresiones que se formularon.
Que el Ingeniero Dicek expresó: “Para mí era un tema de peligrosidad muy importante, por lo tanto ratifico lo que escribí en ese informe: que el arbolado del Parque de Mayo debía ser intervenido”. En las actuaciones presumariales, expresó al detectar árboles en mal estado “se lo señaló en el informe para que posteriormente las áreas correspondientes procedieran a sus efectos”. Que descartó la calificación de accidente respecto de la tragedia ocurrida el 5 de marzo en el Parque de Mayo y expresó “si un árbol está sano y cae un rayo y se cae un árbol no se puede evitar”. Dio otros ejemplos como el accidente de un automóvil y concluyó: “de un árbol muerto y seco se puede evitar su caída, la peligrosidad está plasmada en el informe.” Es decir que el hecho pudo haberse evitado;
Que la Ing. Edith Cristina Pitsch, al referirse a la peligrosidad de los árboles que se menciona en el informe de mayo del año pasado expresó que cuando hablamos de peligrosidad en espacios públicos “me refería a cuestiones de esa magnitud, de ese potencial riesgo de vida, de posibles muertes que podían producirse si no se actuaba” (Página diario digital Frente a Cano, 9 de Junio de 2014). En el marco del presumario, cuando se le preguntó si la información del riesgo implicaba que éste era inminente, respondió que sí, y agregó que “el estado de los árboles implicaban de por sí un riesgo y que el mismo podría ocurrir en cualquier momento”. Agregó además que cuando estuvo en el Concejo Deliberante, el 9 de junio de este año, expresó que encontró a la Dirección de Espacios Públicos “desarmada” y que ni siquiera estaban los elementos de seguridad necesarios para el personal. En relación con la caída del árbol que provocó la muerte de Daiana Herlein expresó en el recinto “Creo que voy a tener esta carga por siempre, porque nosotros señalamos que esto podría ocurrir”. Que según sus expresiones el hecho “se podría haber evitado” (diario La Nueva, 10 de junio de 2014).
Que el cúmulo de documentación y testimonios colectados por esta comisión resultan suficientes para la valoración política de las conductas de los funcionarios con relación a los hechos anteriores, contemporáneos y posteriores a la tragedia del Parque de Mayo;
Que el subsecretario de Obras Públicas Lascano en su exposición sostuvo: “cada uno de los directores sabe lo que tiene que hacer, para eso están, para eso se rodean de gente, tenemos directores que son los que deciden, con profesionales en este caso, que nos dicen lo pasos a seguir ante cada situación”; insisto: hay una persona que era responsable de manejar las prioridades dentro de cada sector (…) cada uno tiene responsabilidades” intentando demostrar que en su particular visión de la administración municipal debe aceptarse que las decisiones se toman en los niveles inferiores y pretendiendo de esta forma, adjudicarle responsabilidad a quienes han ejercido la Dirección de Parques y Paseos Públicos;
Que la inexistencia de planes reguladores en materia de arbolado, y el incumplimiento de los mandatos presupuestarios como así también el deber impuesto en esta materia a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos resulta ineludible;
Que el Sr. Caramelli, en su condición de Director de Espacios Públicos, durante el año 2013, solicitó se alquilaran grúas, según consta en los pedidos N°237,N°3422 y N° 4349, los cuales no fueron seguidos de compra o contratación, según Caramelli ,porque “(…) porque era elevada, excesiva la contratación y como no podíamos hacer contrataciones directas entonces no podíamos seguirlo. Se cobraba mucho por la contratación de un elevador”;
Que los numerosos llamados al 0800- Bahía dando cuenta de la peligrosidad de los árboles en el Parque de Mayo fueron recepcionados por la Secretaría Privada, y derivados a esa área no fueron adecuadamente respondidos, particularmente cuando se focalizan en el sector próximo a la tragedia. Tales llamados revelan que el área de la Secretaría Privada no era ajena a esa demanda vecinal, a punto tal que las respuestas en el programa de Gobierno Abierto, donde el Intendente municipal responde a las inquietudes vecinales (año 2012) son reveladoras de tal conocimiento;
Que la pretendida exculpación de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos no resiste el menor análisis. Bastaría tan solo considerar el proyecto de ordenanza vinculado al pago de los daños ocurridos en la escuela N° 17 tramitado por expediente 4527/2013 (70-HCD/2014) donde se admite lisa y llanamente la responsabilidad municipal por el hecho ocurrido en febrero del 2013 en ese establecimiento educacional;
Que tal reconocimiento, de no mediar otros elementos documentales y testimonios, sería suficiente;
Que la prueba acumulada es aún mayor;
Que la titular del Consejo Escolar, Liliana Aglietti, refiere la falta de atención a sus pedidos de reunión con el secretario Valerio, demostrativas de un claro desinterés sumado al presunto desconocimiento de la situación general del arbolado, no obstante los requerimientos de suministros formulados por la dirección subordinada a él, y los pedidos vecinales;
Que en esa línea el secretario Valerio admite que hablaba de todos los temas con el Intendente Bevilacqua y es de suponer que por ello no podía permanecer ajeno a la situación, sumándose lo expuesto respecto a la ordenanza 4527/2013 cuyo proyecto de elevación al HCD suscribiera Lascano, días antes de la tragedia del Parque de Mayo;
Que otra consideración que se desprende de la documentación colectada y las declaraciones recepcionadas en el recinto se refiere al informe elaborado a pedido de la Agencia Urbana, dirigida por entonces por el arquitecto Lenzi;
Que dicho informe, presentado en abril de 2013, permaneció en la Agencia Urbana hasta la ocurrencia de la muerte de Daiana Herlein y se remitió a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos con posterioridad a ese hecho;
Que cabe preguntarse si solo la información que surge del mismo quedó limitada a esa área administrativa o también su conocimiento respecto a la peligrosidad de los árboles de diferentes paseos, entre ellos el Parque de Mayo, debió extenderse a otras áreas municipales;
Que inicialmente cabe remarcar la inusitada ignorancia del mismo, y /o de su resúmen, teniendo en cuenta la publicación del diario La Nueva Provincia con fecha 10 noviembre de 2013;
Que el intendente Municipal alegó que “ no leo el diario…..” respuesta de cuya verosimilitud nos permitimos razonablemente dudar, no solo por la importante pauta publicitaria concedida a ese medio, sino porque en la cotidianeidad de la administración comunal, constituye un hecho notorio su lectura no solo para el titular del municipio sino también para sus secretarios políticos;
Que la pueril excusa del Señor Intendente no fue intentada por su secretario Valerio quien sostuvo lo contrario: “Lo que conocía por lo que salió en el diario, pero después el informe a partir de que lo solicité, el día después del accidente”;
Que Lorena Zerneri en su concurrencia a esta comisión se refirió a la reunión mantenida con Alejandro Herlein, padre de la víctima, el concejal Fabio Pierdominici, el concejal suplente Matías Lera, y un miembro de la comisión directiva del Sindicato de Petroleros de nuestra ciudad, el 7 de mayo, en cuyo domicilio de calle 9 de julio 551 ,se desarrolló aquella. Zerneri refirió que los funcionarios políticos le señalaron que el informe era de conocimiento de “todos”, y en particular se hicieron referencias al secretario privado Martín Laplace. Los dichos no fueron desmentidos por los participantes que pertenecen a este HCD;
Que tomando en consideración que el Ingeniero Dicek y la ingeniera Pitsch ,que elaboraron y suscribieron el informe, actuaban funcionalmente en la Agencia Urbana pero evacuaban consultas de la Secretaría de Obras Públicas resulta verosímil que transmitieran idénticas conclusiones;
Que tan es así que Caramelli admitió consultarlos (”Yo mientras estuvo Cristina Pitsch conmigo, trabajó en la Dirección; después, cuando yo necesitaba algo, los llamaba a Dicek y a Cristina que estaban en la Agencia Urbana”; “pero trabajaba con Cristina Pitsch y con Dicek mientras no tenía los ingenieros agrónomos”, citas textuales de la visita de Marcelo Caramelli al recinto del HCD el 5 de mayo pasado) y el propio secretario Valerio lo remarcó: “Se cubrió (la Dirección) con los ingenieros tanto Dicek como Cristina Pitsch” a punto tal que en fecha 3 de abril de 2014 y por resolución 125/2014, Dicek fue designado asesor del Secretario Valerio;
Que tal colaboración administrativa demuestra con claridad que resulta inverosímil que los secretarios de Obras y Servicios Públicos, de la Agencia Urbana, el Secretario Privado del intendente y el propio Intendente ignoraran la situación de peligrosidad aludida en los árboles del Parque de Mayo y otros paseos;
Que la reunión del mes de septiembre de 2013 entre el Ingeniero Dicek y los delegados municipales para uniformar criterios en la atención del arbolado es recogida por testimonios de aquel y de Oscar Abraham a la sazón delegado de la zona centro. No puede presumirse que tal convocatoria no resultara de conocimiento de los secretarios involucrados, y del propio Intendente;
Que la colaboración entre la Agencia Urbana y la secretaría de Obras y Servicios Públicos se ve reforzada por los dichos de Dicek y Pitsch mostrando que respondían a las consultas;
Que así las cosas cabe admitir que la normativa vigente le impone al Departamento Ejecutivo un cometido concreto en la ejecución de la política sectorial relacionada con el arbolado urbano (ordenanza 15.523; ley provincial 12.276).
Que la pretensión defensista ejercida en el plano político y trasladada a lo jurídico, no puede dejar de abordarse incidentalmente a los fines de este dictamen. Coincide en ella el señor Intendente Municipal cuando se refirió al respecto en declaraciones públicas, lo señaló Lorena Zerneri en cuanto a la referencia que el Concejal Pierdominici le hiciera en la reunión, y lo confirmó Alejandro Herlein con relación al tenor de un escrito para presentar en la causa penal que no suscribió. En este se aludía a la responsabilidad del HCD por no constituir la comisión de arbolado urbano en los términos en los que se decía interpretar el alcance de la ley provincial 12.276;
Que la inexistencia de un plan director de Arbolado Urbano al que aludió el entonces titular de la Agencia Urbana, Arquitecto Marcelo Lenzi manifestó: “El área Planeamiento Urbano se ha abocado a ese plan director que es el que está confeccionado y que va a terminar elevándose en un proyecto de ordenanza, que fue el trabajo de estos años mientras estuvo el Departamento de Espacios Públicos en la Agencia Urbana” y la inexistencia de los planes reguladores de los años 2010 a 2013, referida por el Ingeniero Valerio, son indicadores claros de un incumplimiento evidente. Ello alcanza al propio Intendente y a sus secretarios (Valerio y Lenzi);
Que las situaciones puntuales, referidas a la desatención de los pedidos de los vecinos con relación a la peligrosidad de los árboles del Parque de Mayo involucran a los directores de Parques y Paseos, en especial a Marcelo Caramelli y en menor medida a Oscar Abraham. En este último caso por el escaso plazo de su gestión atenuado por la preocupación inicial que demostró en revertir la situación requiriendo el apoyo de Dicek y Pitsch (“el plan de arbolado era de palabra, no había nada escrito, salvo el apoyo del Ingeniero Dicek, de la Ingeniera Forestal Cristina Pitsch, que sí saben del tema, de la Geógrafa Pelayes, que sabía del tema, y estábamos componiendo un equipo como para armarlo”, declaración de Oscar Abraham en su visita al HCD el 23 de mayo) confirmada por los citados funcionarios;
Que el conocimiento del informe sobre arbolado agrava la desconsideración volcada en el tema por los máximos responsables de la gestión municipal (Intendente, Secretarios) ineludible a partir de la publicación del diario La Nueva Provincia;
Que los pedidos de los vecinos glosados anteriormente comprometen al secretario privado y a las áreas mencionadas en la ejecución de las intervenciones arbóreas, podas, etc.;
Que resulta también digno de mencionar que así como ocurriera en el caso de la escuela Nº 17 donde el municipio resarce al Consejo Escolar por trabajos efectuados en el establecimiento a raíz de la caída de un árbol, las conductas señaladas podrían constituir en el futuro una lesión al patrimonio municipal, ante el reclamo de los padres de la víctima;
Que párrafo aparte merecen dos situaciones que esta comisión no puede dejar de evaluar.
Una la referida al secretario privado Martín Laplace en sus conversaciones con Oscar Abraham en las que el primero le habría solicitado intercediera ante un alto funcionario político, Juan Carlos Mazzón, conocido por su apodo de “Chueco”, con el fin de influir en el trámite judicial de la causa que ventila en la UFI 3. Ese hecho, no desmentido por el involucrado, supone sumarlo a las conductas a valorar y correspondería que el Intendente Municipal adoptara decisiones al respecto, configurando una falta de confianza de la ciudadanía que a esta altura de los acontecimientos, importaría solicitarle su renuncia;
Que la restante se refiere a la reunión mantenida por el concejal Fabio Pierdominici y el concejal suplente Matías Lera, a su vez secretario del bloque del Frente Renovador, que preside aquel, con Lorena Zerneri y Alejandro Herlein. Los relatos de los padres de la víctima no han sido desmentidos por éstos. De esa situación, y a los fines de este resolutorio, corresponde señalar que al menos el presidente de un bloque de concejales que se supone no oficialista, concurre en nombre del intendente Municipal, a una reunión en un ámbito que no es el HCD, ni tampoco el domicilio de los participantes. Se trata de la sede sindical de la que el concejal es primer vocal titular, y con quien Herlein mantiene un vínculo a través de su hermano que ejerce la concesión de servicios gastronómicos en el lugar. Por tal motivo existía un conocimiento anterior. Las partes coincidieron en señalarla. Pierdominici transmite la intención del intendente de reunirse con los padres de Daiana Herlein y también que era posible lograr la salida de dos funcionarios, Lenzi y Caramelli, luego renunciantes. No escapa a esta evaluación que esa reunión, reconocida por todas las partes, se desarrolla en forma contemporánea al pedido de interpelación. De hecho Pierdominici, alude, según Lorena Zerneri, a que de concurrir se iniciaría una comisión investigadora que culminaría con su destitución. Tales apreciaciones, aún admitiendo que resultan de su propia evaluación, son demostrativas de las necesidades e intenciones que movieron a realizarla tanto por el propio intendente Municipal y el concejal. La respuesta negativa de los padres apresuró sin duda la conferencia de prensa de fecha 9 de mayo donde “casualmente” renuncian los funcionarios “ofrecidos y rechazados”;
Que tal conducta independientemente de otras consideraciones graves impone reprochar esa intervención a la que se suma el hecho que el propio Intendente en su intervención en el HCD admitió que quien mantuvo relación con los padres de la víctima fue el concejal Morini;
Que ello aparece desmentido al tomarse conocimiento público de la aludida reunión. Tal ocultamiento desmerece la alta investidura del señor Intendente y además lo coloca al concejal en la situación impropia de quien concurre con mandato de aquel con propuestas inadmisibles que hubieran demandado su inmediato rechazo;
Que por todo ello el HCD en ejercicio de sus facultades, sanciona con fuerza de

DECRETO

ARTÍCULO 1º: Reprochar políticamente la conducta del Intendente Municipal, Gustavo Bevilacqua, Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ingeniero Rubén Valerio, Subsecretario Rubén Lascano, Secretario Privado, Martín Laplace, ex Directores de Parques y Paseos, Marcelo Caramelli, Sr. Oscar Abraham, ex titular de la Agencia Urbana, arquitecto Marcelo Lenzi, por las omisiones en las que incurrieron con relación a la muerte de Daiana Herlein, con los alcances que para cada uno de ellos se ha indicado en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2º: Hacer saber al señor Intendente Municipal, Dr. Gustavo Bevilacqua, la desaprobación de las conductas de sus auxiliares, aún en funciones, Secretario de Obras y Servicios Públicos, Rubén Valerio, Subsecretario del mismo área, Rubén Lascano, Secretario Privado, Martín Laplace, con el fin de que adopte las medidas propias de sus atribuciones solicitando las renuncias a sus cargos (Art. 178 inc. a) y concordantes de la L.O.M.

ARTÍCULO 3º: Desaprobar las conductas del concejal Fabio Pierdominici por las consideraciones expuestas en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 4º: Instar al HCD que evalúe el presente dictamen a los fines de considerar la conformación de la Comisión Investigadora con relación al señor Intendente Municipal, Dr. Gustavo Bevilacqua, (art. 247 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades) y al concejal Fabio Pierdominici (arts. 254 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades).

ARTÍCULO 5º: Hacer conocer a la opinión pública el presente informe.

ARTÍCULO 6º: Remitir copia del presente al Señor Fiscal, Oscar Bautista Duizeide, a cargo de la UFI 3 donde se instruye la IPP 3809/14.

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