Que se reglamente la ley 12530 que regula el funcionamiento del CTE y el CCyM

Recordamos que dicha ley rige desde el año 2000 pero sin la reglamentación correspondiente.

AUKAN, asamblea ambiental del sur es un espacio de reflexión y acción en temas socioambientales, donde la motivación esencial es el debate sobre el paradigma de desarrollo actualmente vigente y el respeto por la naturaleza para restablecer una relación armónica del hombre con su ambiente vivo y no vivo, sin lo cual el futuro de nuestra humanidad como la conocemos hasta ahora, es por lo menos incierto.
En los últimos 200 años el capitalismo ha utilizado a la naturaleza como mercancía y al planeta como infinito basural a cielo abierto. A diario utilizamos cientos de productos innecesarios que para ser producidos le han quitado el agua, el gas y la electricidad a otros seres humanos en distintas partes del mundo y esos mismos productos terminan en basurales contaminando todo a su alcance.
Ante la instalación de proyectos industriales hemos escuchado declaraciones, que nos dicen que:

¡contribuyen a aumentar nuestra calidad de vida!.

Proponemos que la definición de calidad de vida sea consensuada, asumida y
compartida por todos nosotros, vecinos de esta ciudad, porque en realidad, dicha definición, no ha sido explicitada como tal y muchos menos consensuada con la población. Para que esto sea posible, y no un simple anhelo, es necesario trabajar en pos de crear más espacios donde se implementen mecanismos de democracia directa.
Conscientes de que un cambio cultural en materia socioambiental requiere de un aprendizaje diario y de revisar viejos paradigmas de desarrollo y progreso, valoramos enormemente la existencia del Comité Técnico Ejecutivo (CTE) y del Comité de Control y Monitoreo (CCyM) como herramientas válidas para implementar controles ambientales que posibiliten una convivencia con las industrias emplazadas en el partido de Bahía Blanca,
sin continuar sacrificando una calidad de vida digna y derechos constitucionales como el de vivir en un ambiente sano. Sin embargo, ambos organismos debieran ser mejorados sustancialmente, y con ese objetivo consideramos imperioso transparentar la gestión, priorizar la comunicación con los vecinos y promover la reducción del impacto de las industrias en la calidad de vida de la población.

La propuesta de AUKAN
Consideramos necesario que en el corto plazo se reglamente la ley 12530 que regula el funcionamiento del CTE y el CCyM invitando a la participación plena de toda la sociedad en una consulta popular.Recordamos a la población que dicha ley rige desde el año 2000 pero sin la reglamentación correspondiente.

Algunas sugerencias con respecto a los citados organismos son las siguientes:
CTE
a) Trasparencia y rigoridad técnica en la selección y desempeño de actividades de todos los
miembros del CTE. Control social de las acciones de dicho comité, con asesoramiento permanente de las Instituciones científico técnicas tanto de la ciudad como de la Región o de la Nación.
B) Que el presupuesto financiado por la TASA AMBIENTAL que tributan las industrias del
partido de Bahía Blanca se administre bajo la modalidad de presupuesto participativo y sea exclusivamente gestionado por el CTE y el CCyM con participación y fiscalización de organizaciones sociales y políticas de la ciudad, y por lo tanto dejen de fluir a las arcas municipales en concepto de rentas generales. Asimismo, disponer que todas las donaciones
y aportes que provengan de la Asociación Industrial Química de Bahía Blanca (AIQBB) integrada por las empresas Mega, Dow Argentina, Profertil y Solvay Indupa así como del Consorcio del Parque Industrial Bahía Blanca (CPIBB), como acción de su responsabilidad social empresaria, deberían ser incluídos en el mencionado presupuesto a fin de evitar irregularidades y una ineficiente y perniciosa utilización de los recursos económicos.
C- Las actuaciones técnicas en las empresas, (inspecciones, actas, clausuras, multas, etc,), deberán ser de inmediato dominio público administrando el contenido en el sitio web“Gobierno abierto” de la Municipalidad de Bahía Blanca y por comunicado de prensa a
los medios periodísticos.
CCyM
A- plena vigencia del art 6 de la ley 12530
Los integrantes del CCyM no podrán percibir pago alguno por su participación y ni ser parte aquellos que reciban aportes económicos del estado municipal en carácter de (donaciones, incentivos, subsidios, etc.), ya sean aportes a personas físicas como a instituciones en las que participan los integrantes del CCyM.
B- Participación libre y abierta de todos los organismos y organizaciones, sin exclusión de ningún tipo
C-Hacer públicas periódicamente todas las actas del CCyM en el sitio web “Gobierno abierto” de la Municipalidad de Bahía Blanca y por comunicado de prensa a los medios periodísticos.
D- Las sesiones del CCyM deben ser abiertas a toda la comunidad.

Tanto el CTE como el CCYM deberían proponerse objetivos a mediano y largo plazo, en relación a la contaminación ambiental, por ejemplo:

1. promover la reducción de uso de agua dulce en los procesos industriales en un 30 % en 5 años, 50 % en 10 años, etc
2. promover la reducción del vuelco de efluentes tratados o sin tratar al estuario de Bahía Blanca, 30 % en 5 años, 50 % en 10 años, efluentes 0 en 20 años
3. promover la reducción del uso de energías fósiles en el área industrial de Bahía Blanca, 30 % en 5 años, 50 % en 5 años, 75 % en 10 años.

CUALQUIER MODIFICACIÓN QUE SE PROPONGAN A LOS MECANISMOS ACTUALES DEL CTE Y CCYM, DEBEN SER CONVALIDADOS Y APROBADOS POR TODA LA COMUNIDAD, POR LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN QUE CORRESPONDAN.

AUKAN
asamblea ambiental del sur

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